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Argentina: Declararon culpable a un ginecólogo por negar un aborto no punible

El ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra estaba acusado de obstruir un aborto no punible a una joven de 19 años víctima de violación.

Argentina: Declararon culpable a un ginecólogo por negar un aborto no punible
Argentina: Declararon culpable a un ginecólogo por negar un aborto no punible

El ginecólogo argentino Leandro Rodríguez Lastra fue declarado culpable este martes de incumplimiento de los deberes de funcionario público por obstruir un aborto a la joven R.P., de 19 años, que había sido violada y no quería gestar ni parir el producto de esa violación.
En los próximos días informará la pena que puede ser de hasta 2 años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina.

El juez Álvaro Maynet consideró que el médico llevó adelante “una maniobra dilatoria”, exigió requisitos que el acceso a la interrupción legal del embarazo no requiere y mintió, primero a la paciente y luego a la justicia.

Según los hechos, la joven ingresó el 2 de abril del 2017 al hospital de Cipolletti luego de haber consumido pastillas de Oxaprost con un proceso abortivo en curso. Días antes las profesionales del hospital de Fernández Oro habían solicitado la derivación a Cipolletti para interrumpir el embarazo, pero el ginecólogo exigió un informe psiquiátrico, un requisito no establecido en la ley, por lo que se interpretó como una negación a la asistencia sanitaria.

La joven había consumido de manera particular pastillas de Oxaprost para provocarse un aborto.

«No aplicó objeción de conciencia»

“Tampoco el 2 abril (de 2017) cuando la práctica era posible y su deber era llevarla adelante, con una paciente que ingresa con signos evidentes de haber puesto su voluntad” en el sentido de interrumpir la gestación, el médico “nunca invocó la imposibilidad de hacer la práctica que se le demandaba”, señaló el magistrado.

Y agregó que contrariamente en el debate oral quedó acreditado que Rodríguez Lastra interrumpió el aborto en curso con el que R.P. llegó al Hospital de Cipolletti y, además, administró a la joven medicamentos sin su consentimiento.

Rodríguez Lastra era jefe del servicio de Ginecología del hospital y contó en distintos reportajes que luego de evaluar el caso resolvió impedir que el aborto se produzca mediante la aplicación de medicamentos, accionando contrariamente a lo indicado por la ley provincial 4.796, el decreto provincial 182/2016 y la ley nacional 26.485.

El ginecólogo y la doctora Yamila Custillo –quien finalmente quedó fuera de la acusación en mayo de 2018–, fueron denunciados por la diputada provincial Marta Milesi, defensora y autora de la ley 4796 que regula y controla la atención sanitaria en casos de abortos no punibles.

Según Milesi la joven fue obligada a seguir con un embarazo no deseado, retenida contra su voluntad en el hospital, sometida a una cesárea y el bebé dado en adopción de forma inmediata. Ella sufrió un daño irreparable en su psiquis que la llevó a cuadros graves de anorexia nerviosa e intentos de suicidio.

El juicio había comenzado el 13 de mayo pasado y tuvo tres audiencias testimoniales y una de alegatos donde declararon la joven R.P., el ginecólogo ahora hallado culpable, médicas que escucharon a la joven reclamar la ILE en el Hospital y la diputada Milesi, entre otros.

El médico fue declarado culpable porque no aplicó objeción de conciencia sino que sin consentimiento detuvo un aborto no punible en curso, retuvo contra su voluntad a la víctima hasta hacerla parir y exigió estudios pisquiátricos fuera de la ley.

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