Justicia de Perú da plazo de 48 horas para definir cárcel donde irá Alberto Fujimori
La decisión llega luego de que una junta médica determinara que el exmandatario está en condiciones de continuar con un "tratamiento ambulatorio", y puede volver a un penal.
Una junta de especialistas del Instituto de Medicina Legal de Perú evaluó a al exmandatario peruano Alberto Fujimori el miércoles pasado en una clínica particular y dictaminó que está en condiciones de volver a un penal.
Luego La Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de ese país emitió una resolución en la que da cuenta de las conclusiones de la junta médica.
Fujimori está internado en la Clínica Centenario hace más de cien días. Según el documento, el ex mandatario se encuentra estable y puede recibir un tratamiento de forma ambulatoria.
En su informe los médicos señalaron que si se cumple una serie de condiciones Fujimori puede volver a un centro penitenciario.
#LoÚltimo | Sala Penal Especial de la Corte Suprema oficiará al Inpe, este lunes a primera hora, para que señale en un plazo de 48 horas el establecimiento penal donde el sentenciado Alberto Fujimori continúe con su tratamiento ambulatorio, tal como lo recomienda la Junta Médica. pic.twitter.com/ExaVox92Mm
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) 19 de enero de 2019
La Corte Suprema pedirá entonces el lunes al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) que defina, en un plazo de 48 horas, la cárcel que cumpla con las condiciones de la junta médica para que pueda ser recluido el expresidente.
De acuerdo a la resolución las condiciones que deberá cumplir el centro penitenciario es que se asegure la administración de los medicamentos, controles médicos periódicos y la posibilidad de traslado a un centro asistencial de manera inmediata en caso de presentarse signos de alarma.
Además, la junta médica señala que antes de ser trasladado a un penal, Fujimori deberá recibir el alta médica de sus médicos tratantes. Por ello, la Corte Suprema insta a estos médicos a que “cumplidos los requerimientos objetivos otorguen el externamiento de la persona indicada, para dar cumplimiento a la orden judicial (la nulidad del indulto humanitario)”.
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