VENEZUELA

TSJ: «Asamblea Nacional no tiene facultad para destituir al presidente y no debe tomar decisiones fuera de la ley»

Este lunes la Asamblea Nacional (AN) de Venezuela, de mayoría opositora al Gobierno declaró el abandono del cargo del presidente Nicolás Maduro y llamó a convocar nuevas elecciones. La justicia recordó que la AN no tiene facultad para destituir al presidente.

TSJ: Asamblea Nacional no tiene facultad para destituir al presidente y no debe tomar decisiones fuera de la ley. Foto: @NicolasMaduro
TSJ: Asamblea Nacional no tiene facultad para destituir al presidente y no debe tomar decisiones fuera de la ley. Foto: @NicolasMaduro

Este lunes la oposición venezolana, mayoría en Asamblea Nacional de Venezuela votó una resolución que declara que el presidente Nicolás Maduro no ha cumplido con sus funciones, y abandonó su cargo, por lo que se convoca a nuevas elecciones.

La oposición acusa a Maduro de ser el responsable de la crisis política y económica que afronta el país por lo que buscan nuevas elecciones para reemplazarlo.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela considerará el “abandono de su cargo” como un motivo de destitución y se produce durante los primeros cuatro años del mandato se tienen que convocar a nuevas elecciones, sin embargo los motivos por lo que se lo acusa a Maduro no están respaldados por la constitución ni el abandono de cargo puede ser declarado por la Asamblea Nacional.

Según el diputado Henry Ramos, ex presidente del parlamento.“en un régimen democrático normal, una declaratoria como esta tendría que tener las consecuencias jurídicas del artículo 233 de la constitución, o sea, en 30 días tendría que haber elecciones”, pero «como estos son poderes rufianes, forajidos, tan forajidos como el poder ejecutivo, simple y llanamente, no van a acatar la decisión de la Asamblea Nacional”, advirtió.

La actitud de la oposición ha sido calificada como intento de golpe institucional por parte del Gobierno bolivariano y no es compartida por la totalidad de la oposición.

En la sesión extraordinaria de la AN donde se declaró el abandonó de cargo de Maduro diputados del partido Avanzada Progresista, miembros de la coalición opositora, se abstuvieron de votar con su bloque por considerar que “una declaratoria de abandono de cargo no es posible sostenerla dentro del marco constitucional ni en el ámbito jurídico. Y justificarla como una medida meramente política, que no obedece a criterios sólidos, constitucionales y objetivos, lejos de contribuir a abrir caminos para la resolución de los problemas nacionales, lo que hace es complicarlos aún más, trayendo desesperanza, desilusión y engaño a las grandes mayorías”.

¿Por qué la Asamblea Nacional no tiene facultad para destituir al presidente?

La Constitución venezolana, en los artículos 232 y 233, solo admite declarar el abandono de cargo del presidente en los siguientes casos: la violación a la soberanía nacional, a la integridad territorial y a la defensa de la nación; su revocatoria popular, muerte, renuncia o la incapacidad física o mental certificada por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

El caso denunciado por la oposición venezolana no cumple con ninguno de esos escenarios para declarar el abandono del cargo, por lo tanto su declaración queda sin efecto jurídico vinculante.

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) reiteró este lunes que la actual Asamblea Nacional (AN) no tiene facultad para destituir al presidente de República, Nicolás Maduro e invitó a los impulsores de la propuesta a revisar el contenido de la sentencia N° 948 de la Sala Constitucional del 15 de noviembre de 2016 que destaca especialmente la prohibición a los diputados y diputadas de “convocar y realizar actos que alteren el orden público; instigaciones contra autoridades y Poderes Públicos, así como otras actuaciones al margen de los derechos constitucionales y del orden jurídico”.

El TSJ pidió a la Asamblea Nacional (AN) abstenerse de tomar decisiones que están fuera de las atribuciones que la Constitución otorga al Poder Legislativo.

Finalmente el organismo judicial hizo un llamado al diálogo como vía para resolver las diferencias políticas «en función de garantizar la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, y de procurar la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo».

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