Importantes pronunciamientos dentro de la Corte Suprema de Argentina

Leyes de impunidad: inconstitucionales

Fue a través de resolver una cuestión procesal menor acerca del caso de Alfredo Astiz cuya extradición reclama Francia por el secuestro y crimen de dos monjas nacidas en ese país.

El presidente del tribunal, Enrique Petracchi, y los ministros Eugenio Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda aprovecharon para recordar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya estableció en 2001 que leyes del perdón, de impunidad para las organizaciones sociales, similares a las de Punto Final y de Obediencia Debida, cuya validez se discute en la Corte Suprema, violan el Pacto de San José de Costa Rica.

En rigor, esas leyes han sido declaradas nulas por el Parlamento con lo cual ocurrieron dos cosas. Una, que varios juzgados federales han reiniciado los procesos a violadores de derechos humanos interrumpidos en 1987 cuando fueron dictadas por aquel mismo cuerpo las leyes de impunidad. Y dos, de hecho la nulidad o ha sido aceptada por los tribunales o acelera también la definición del más alto tribunal.

Hasta ahora Francia, Alemania y Suecia reclaman la extradición de varios ex oficiales imputados por violaciones a los derechos humanos, porque, según sostienen en sus presentaciones, en Argentina las leyes de amnistía impiden su juzgamiento. Se aguarda que Israel haga lo suyo.

Los jueces han brindado un mensaje tranquilizador a los países mencionados y dan una pista muy importante, porque los fallos de la Corte Interamericana y las normas de la Convención son obligatorias y que, por lo tanto, el tribunal argentino llegará al mismo resultado que la Corte Interamericana.

Lo decidido por los jueces en la causa Astiz no llega a ser una sentencia: es solamente la opinión de tres de los ministros que, además, fue vertida al resolver un tema meramente procesal. La Corte está integrada por nueve miembros. En verdad, son siete en la actualidad porque dos, o dimitieron o fueron desaforados por el Senado Nacional.

El ministro de Justicia Gustavo Béliz ha entregado a Néstor Kirchner una pre nómina de candidatos; de ellas, el Presidente extraerá los que prefiere pero recién se iniciará un largo trámite de consultas públicas. Es probable que haya mujeres en la lista.

Los magistrados pudieron ser más formales al abordar el caso Astiz, un trámite por recusaciones en el tribunal donde está el expediente, en Bahía Blanca, pero no quisieron dejar pasar por alto la oportunidad de hacer el señalamiento. Había motivos para obrar de este modo. Es que el acuerdo del jueves próximo es el último del año y la Corte no está en condiciones de resolver el fondo de ninguna de las varias causas donde se debaten estos temas. Algunos de estos expedientes están en la propia Corte, como los casos por las muertes de los alemanes Elisabeth Kaesemann y Klauss Zieschank, mientras que otros expedientes aguardan en la Cámara de Casación Penal.

Pero en esa instancia, donde la vieja composición del más alto tribunal derivó la cuestión de las leyes de impunidad para enviar lejos el asunto, no parece tener demasiado interés en apurar el paso y prefiere aguardar un fallo de la Corte antes de pronunciarse en el caso de un policía torturador que fue favorecido por las leyes de impunidad.

Ya se sabe que Kirchner reforzó el debate en la sociedad que abonaron las entidades sociales y, a la vez, despertó en varios países europeos la esperanza de que se pueda lograr el juzgamiento de quienes torturaron a varios de sus connacionales.

Precisamente uno de los argumentos que expuso Francia para pedir la extradición  similar al que sostienen los otros países  es que la demora de la Corte en expedirse sobre la inconstitucionalidad de las leyes de amnistía impide el juzgamiento de los ex militares en el país y que, por lo tanto, los delitos permanecen impunes.

Esos países han actuado a modo de aceleradores, de la misma manera que los reclamos para extraditar a España impulsados por Baltasar Garzón, impulsó la anulación de trabas para que la Justicia decida sobre esos pedidos.

En todo caso, la Corte se encamina a declarar la inconstitucionalidad de las leyes de impunidad, pero no accederá a las extradiciones sino que avalará el juzgamiento de los ex oficiales ante los tribunales argentinos.

El máximo tribunal ya había dado algunos indicios cuando resolvió, con párrafos bastante fuertes que Jorge Videla debía continuar detenido y juzgado por el robo de bebés en cautiverio. O en el caso de H. Hagelin, cuando respaldó la reapertura de la causa en la que se investiga la desaparición de la joven sueca.

Aunque la Corte parece encaminarse a esa sentencia, ahora no está en condiciones de dictarla, porque no se consigue la quinta firma y falta que el Gobierno complete la integración del tribunal el año próximo.

Hay otras definiciones muy llamativas. Un voto firmado por el titular de la Corte señala que la supuesta falta de certeza en cuanto a las posibilidades reales de juzgamiento en el país que alegan  Francia y el fiscal  sobre la base de que hasta este momento la Corte no se expidió sobre la constitucionalidad de las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida, pierden de vista que, a partir del caso Barrios Altos (Perú) de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, todas aquellas normas con las características de las mencionadas leyes resultan contrarias a la Convención Interamericana de Derechos Humanos».

En la misma dirección otro magistrado transcribe un párrafo del citado caso y deja asentado que «la jurisprudencia de la Corte Interamericana expresa que son inadmisibles las disposiciones de amnistía, de prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones graves de los derechos humanos, prohibidas por contravenir derechos inderogables reconocidos por el derecho internacional».

Pasado en limpio se ha dicho que la Convención Interamericana es en este país ley suprema por lo cual el resultado está a la vista. *

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