3.000 euros

Multa por preguntar ante el público qué hace España contra la corrupción

“Es una situación que roza lo ridículo y que además sigue sumando derrotas a la transparencia en España, perjudica más la imagen del país y la reputación de sus instituciones públicas ya bastante menoscabadas por la crisis”, afirmó Victoria Anderica, sentenciada por el Tribunal Supremo de España a una multa de 3.000 euros, por preguntar públicamente cuáles son las medidas que el país implementa para luchar contra la corrupción.

Victoria Anderica / acces-info.org

“Según la sentencia del Tribunal Supremo, no tenemos derecho a solicitar esa información”, denunció la ONG Access Info Europe, en un comunicado.

La ONG recuerda que España es el único país de Europa que no cuenta con leyes de acceso a la información pública, y destacó los ejemplos de Argentina, Chile, Colombia y Reino Unido, en esa materia.

España queda así colocada en la lista de países que incumplen acuerdos firmados a nivel de Naciones Unidas, para “garantizar el acceso eficaz del público a la información”.

Las razones de la Ley

El argumento del Tribunal Supremo para sancionar la solicitud de información de Access Info Europe acerca del nivel de cumplimiento de España con las obligaciones que le impone la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, está basado en que “se trata de una forma de pedir explicaciones al gobierno y no de una solicitud de información en sí”.

El Tribunal reconoce que la Administración no cumple con su obligación de responder, pero le acepta hacerlo sobre la base del “silencio administrativo”.

Los estudios realizados en España a nivel de consultas de la prensa en general muestran que más de un 50% de las consultas y solicitudes de acceso a la información en el país, carecen de respuestas adecuadas, basándose en el “silencio administrativo”.

Incluso el formulario de autoevaluación que España debe completar cada dos años como país firmante de la Organización de ONU contra la corrupción, para estimar sus avances en la materia, no es del dominio público, sino objeto del “silencio administrativo”.

La decisión de multar a la ONG será ahora recurrida ante el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos.

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