IDENTIDAD Y DERECHOS DE LA COMUNIDAD TRANS
La identidad y los derechos de las personas trans (transexuales, transgénero, travestis) fue tema de una de las actividades del mes de la diversidad sexual conmemorado en setiembre pasado. Más de 40 personas diversas intercambiaron experiencias sobre diversos aspectos de la vida cotidiana, como la atención de la salud, el trabajo, la educación y el propio relacionamiento entre las organizaciones que las representan. Hubo invitadas especiales de Argentina y Chile y presencias institucionales de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) y de la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM). El proyecto de ley de cambio registral de nombre y sexo, pendiente aún de sanción legislativa, fue evaluado como un logro en la región.
Organizada por Amnistía Internacional-Uruguay, Asociación de Travestis del Uruguay (ATRU), Amiseu y La Red/The Nework, en la reunión de personas trans realizada en la Librería 33 Montevideo se analizaron las dificultades de las personas trans para vivir con un sexo con el que no se identifican, que además se traduce en un nombre que no responde a su identidad de género. Esta situación, cuya superación facilitará el proyecto de ley sobre cambio de nombre y sexo registral, que ya cuenta con media sanción parlamentaria, demanda por ahora un trámite judicial de por sí lento y engorroso. Recientemente se han obtenido dos sentencias favorables que se evalúan como un logro, sin perjuicio de continuar bregando por la sanción de la ley que evitará costos, demoras y exposición de intimidades.
En efecto, la iniciativa referida reconococe a toda persona el derecho ?al libre desarrollo de su personalidad conforme a su propia identidad de género, con inependencia de cual sea su sexo biológico, genético, anatómico, morfológico, hormonal, de asignación u otro?, lo que deberá reflejarse en las actas del Registro de Estado civil, los documentos de identidad, electorales, de viaje. En ningún caso se exigirá cirugía de reasignación sexual, pero cuando la misma se haya realizado no será necesario acreditar ?la estabilidad y persistencia de la disonancia durante al menos dos años?.
NORMATIZAR LA ATENCION DE SALUD
Un área de preocupación de las personas trans son los servicios de salud, donde enfrentan dificultades que a menudo las hacen evitar la consulta o abandonar los tratamientos. Alfredo Silva, integrante del Directorio de ASSE en representación de los trabajadores, reconoció que ?el tema de salud no es menor? y ?que no hay nada normatizado? para una atención respetuosa de las diferencias. A su juicio, es más fácil trabajar en el tema en el sector público que en el privado, ?más elitista y discriminador?. Por que ?más allá de lo humano y solidario?, debe haber estructuras institucionales ya que ?no se puede depender de la buena voluntad eventual? del personal de salud. Para impulsar los cambios pertinentes, propuso la formación de un grupo de trabajo.
Presente también Elena Ponte, coordinadora ejecutiva de la Comisión de la Mujer de la IMM, anunció la discusión de una guía para la atención de la diversidad sexual en el primer nivel de los servicios de salud, la que luego de aprobada será publicada por el Programa Nacional de Salud de la Mujer y Género del Ministerio de Salud Pública.
Recordó, asimismo, que en este ejecutivo comunal funciona una Mesa de trabajo sobre diversidad sexual integrada por representantes de dependencias oficiales y de organizacones no gubernamentales.
FORMARSE E INFORMARSE
Otros temas de preocupación de las personas trans tienen que ver con su propio conocimiento acerca de su identidad sexual y con las dificultades de articulación entre las organizaciones que luchan por sus derechos.
En el primer aspecto se insistió en la necesidad de formarse e informarse, incluyendo la conceptualizacion de la identidad trans, los derechos ya reconocidos y las formas de hacerlos valer.
En el segundo, la propuesta se escucharon propuestas como: ?En lugar de pelear entre instituciones por poder ?por ejemplo, por quien organiza cada año la marcha de la diversidad- defender lo ya obtenido para avanzar; unirse y hacer cosas para que la gente lo vea; ponerse reciprocamente en la piel del otro; respetarse en las diferencias porque eso es precisamente la diversidad?.
EXPERIENCIA MERCOSUREÑAS
Ariana Cano de Argentina y Karín Avaria de Chile fueron invitadas por el colectivo local para que conocer experiencias de sus países.
La primera contó que en Argentina también se lucha por el cambio registral de sexo sin intervención quirúrgica obligatoria. Mientras, esta sólo puede realizarse si así lo ordena una sentencia judicial, que puede obtenerse al cabo de un proceso muy largo que desalienta. Sin orden judicial, puede caber la cárcel a quienes la practican y a quienes se somenten a ella por mutilar y mutilarse. En materia de salud, algunos hospitales crearon secciones separadas de urología para transexuales de uno y otro sexo. Pero, dice Ariana, ?La sociedad no soporta una chica trans con masculiniad evidente?, ni siquiera se compadece de ?lo horrible que es vivir con un pene que no se quiere?.
Karin Avaria advirtio sobre la carencia en Chile de ?definiciones conceptuales que sirvan para visibilizarse sin estereotipos, aún dentro de la propia comunidad trans?, señalando entre las principales dificultades la alternativa entre ocultamiento o deserción que supone el acceso a la educación, el menosprecio familiar y la exclusión de trabajos formalizados. ?El único camino para sobrevivir es la prostitución, pero allí es donde mueren, heridas o asesinadas?, dijo Karin, responsabilizando a Michelle Bachelet por la inexistencia de leyes antidiscriminatorias, pese a que había asumido tal compromiso cuando asumió como presidenta del país andino.
APROBADO CAMBIO DE NOMBRE Y SEXO
El pasado 12 de octubre, en sesión extraordinaria, el Senado aprobó el proyecto de ley que habilita el cambio de nombre y sexo. Habiendo sido discutido, modificado y aprobado en Diputados en setiembre, solamente falta la promulgación por parte del Poder Ejecutivo.
La iniciativa establece que ?Toda persona tiene derecho al libre dearrollo de su personalidad conforme a la propia identidad de género, con independencia de cuál sea su sexo biológico, genético, anatómico, morfológico, hormonal, de asignación u otro?. Asimismo, aclara que ese derecho incluye la consonancia entre la identidad y el nombre y sexo consignado en el documento de identidad.
Sobre el proyecto que originalmente había salido de la Cámara Alta (diciembre de 2008), que admitía el cambio de identidad de género a partir de los 12 años de edad, con la posibilidad de ratificarlo a los 18, la Cámara de Representantes había aumentado el límite mínimo de edad, aumentándolo a 18 años.
También se eliminaron los artículos referidos a la reserva y sus condiciones para quien pide el cambio de identidad de género, para no comprometer asuntos civiles, patrimoniales y personales.
El texto aprobado indica que ?en ningún caso se alterará la titularidad de los derechos y oligaciones jurídicas de la persona cuyo registro se modifica?. Y aclara que ?esta ley no modifica el régimen matrimonial vigente regulado por el Codigo Civil?.
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