todos los cuerpos, todos los talles
fines de noviembre pasado, la Cámara de Representantes aprobó por unanimidad un proyecto de ley que obliga a todo comercio del ramo vestimenta (distribuidores, vendedores e importadores) a disponer de stock de prendas de todos los talles, tanto para mujeres como para hombres y niños.
Alcanza a comercios establecidos y a ferias permanente o eventuales, quedando excluidas la venta de ropa usada, saldos, liquidaciones de temporada y alta costura.
La iniciativa, que pasó al Senado donde todavía no se discutió, establece que quienes no respeten sus disposiciones serán apercibidos verbalmente la primera vez, en caso de reincidencia se les aplicará una multa y si persisten serán clausurados por cinco días.
En su artículo 4to. determina que «el área de defensa del consumidor actuará de oficio y también a partir de las denuncias que formulen los consumidores».
En otra de sus disposiciones concede al comercio un plazo de 15 días para entregar la prenda si no la tiene en stock, contado a partir del momento del encargo, sin que pueda modificarse el precio.
Aluba fue una de las organizaciones de la sociedad civil escuchadas por la Comisión Especial de Género y Equidad durante el estudio y discusión del proyecto. También fueron invitadas la Asociación de Lucha contra la Obesidad (Alco); la directora del Programa Nacional de Mujer y Género del Ministerio de Salud Pública, doctora Cristina Grela y el presidente de la Cámara Industrial de la Vestimenta, Elvio Fusclado, entre otros.
El impulsor del proyecto, diputado nacionalista Carlos Enciso, se congratuló de que en el país se establezcan mecanismos jurídicos «que mitiguen la discriminación social de la que son objeto los gordos, al no tener la posibilidad de hallar cómodamente prendas de su talla».
No obstante, una ley de ese tipo apunta también a evitar que se promueva indirectamente la anorexia desde la oferta masiva. Si se ofrecen solamente talles pequeños, se confirma un modelo de belleza que destaca la extrema delgadez. Tratándose de adolescentes se multiplica el riesgo.
Argentina fue pionera en el tema, sancionando la Ley de Talles, Nro. 12.665 que entró en vigencia en diciembre de 2006. En ella se dispone que los fabricantes y comerciantes deberán elaborar, exhibir y vender prendas desde el talle 38 al 48, lo que equivale en el caso de los pantalones a entre 60 y 80 centímetros de cintura y 86 y 106 de caderas, las remeras tendrán que medir entre 62 y 102 centímetros de contorno de busto, las polleras estarán hechas con 59 centímetros de largo en el talle 38 y 64 para el talle 48. También dispone la supresión de las definiciones S, M, L y XL, que serán sustituidas por el número de talle y su equivalente en centímetros.
La preocupación por la anorexia había motivado desde antes un debate en torno al peso de las modelos. El Consejo de Diseñadores de Moda de Estados Unidos difundió una serie de recomendaciones dirigidas a creadores y agencias de modelos, pero el tema cobró fuerza cuando las autoridades madrileñas tomaron la decisión de excluir a las modelos demasiado delgadas de las pasarelas, porque representaban un mal ejemplo para aquellas mujeres que se preocupan por seguir la moda e intentan mantener una figura acorde con ella.
La polémica creció más todavía con la muerte de la modelo brasileña Ana Carolina Reston a causa de anorexia, lo que llevó a que en la semana de la moda de San Pablo se lanzara una campaña informativa sobre los peligros de esta enfermedad. Italia también tomó cartas en el asunto, adoptando un código ético que prohíbe desfilar a las modelos que tengan menos de 1.72 de estatura y 53 kilos.
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