la unión concubinaria  se legitimará antes de fin de año

as y los uruguayos cada vez se casan menos, se separan más y viven con más frecuencia en uniones libres, que sustentan entre el 30 y el 35% de los hogares pero no aseguran derechos y obligaciones recíprocas a las partes.

Se espera que antes de fin de año el concubinato quede legitimado en este país, sea que se constituya entre personas de distinto o del mismo sexo. Esto sucederá cuando el Senado apruebe el proyecto de Ley de Unión Concubinaria, ya sancionado por Diputados. Si bien el Partido Nacional casi en pleno se opone al mismo, la mayoría oficialista es suficiente a tal efecto.

El proyecto de Ley de Unión Concubinaria, que fue aprobado en la Cámara de Representantes a fines de noviembre legitima la unión de personas del mismo o diferente sexo que acrediten una convivencia de más de cinco años.

A texto expreso, considera unión concubinaria a «la situación de hecho derivada de la comunidad de vida de dos personas, cualquiera sea su sexo, identidad, orientación u opción sexual, que mantienen una relación afectiva de índole sexual, de carácter exclusiva, singular, estable y permanente sin estar unidas por matrimonio entre sí».

La oficialización de tales uniones comenzará por la presentación individual o de la pareja ante un juez de Familia, ante quien se deberán probar los citados extremos. De no haber una relación anterior no disuelta, nacerá la comunidad de bienes entre las partes una vez determinados los que la integrarán, la que se regirá por las disposiciones aplicables a la sociedad conyugal. En caso contrario, habrá que disolver la anterior en el mismo proceso. La declaratoria judicial de unión concubinaria será inscripta en el Registro Civil, que a ese efecto sumará una nueva sección a sus registros de datos de personas.

Serán obligaciones de los concubinos contribuir a los gastos del hogar según su capacidad económica y prestarse auxilios recíprocos, aún después de disuelto el vínculo por un período que no supere al de la convivencia efectiva. La obligación alimentaria cesa cuando la persona que la demande haya sido condenada por la comisión de un delito en prejuicio de la demandada o sus familiares hasta el tercer grado en línea descendente, ascendente o colateral. El de violencia doméstica queda incluido en esta previsión.

La unión concubinaria ampara derechos sucesorios y pensionarios en caso de fallecimiento. Estos últimos regirán a partir del primer año de entrada en vigencia de la ley.

 

CATOLICOS Y NACIONALISTAS EN CONTRA

Entre 1987 y 2004 la tasa de nupcialidad en Uruguay bajó del 10 al 5%, al tiempo que el porcentaje de uniones libres se incrementó del 10 al 30%. No obstante, a excepción de las diputadas Beatriz Argimón y Sandra Etcheverry, los representantes del Partido Nacional votaron en contra del proyecto de Ley de Unión Concubinaria. El punto más álgido fue el referente a las uniones de personas del mismo sexo, pero también se alegó que atentaría contra lo dispuesto por el artículo 40 de la Constitución nacional en cuanto a la protección de la familia como base de la sociedad, pese a que esta norma no define como deberá integrarse esa familia. Otro punto que agravia a este sector político es que los derechos de los concubinos se asimilen a los que concede el matrimonio. Católicos y evangelistas se alinean en esta postura.

Los diputados colorados estuvieron ausentes de la sesión de la Cámara Baja donde se aprobó el proyecto.

La noticia, en cambio, fue muy bien recibida por las organizaciones de la diversidad sexual, que interpretan la legitimación de la unión entre personas del mismo sexo como un síntoma de mayor reconocimiento de una realidad que todavía es discriminada en la sociedad uruguaya.

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