Abortos que permite la ley penal

El antecedente son las Iniciativas sanitarias contra el aborto provocado en condiciones de riesgo (Iscapcr), un programa basado en la reducción de riesgos y daños convertido en política sanitaria por la Ordenanza 369/04 del MSP, aunque todavía su aplicación sigue confinada al Hospital Pereira Rossell.

Esta normativa centra la prevención en dos momentos: pre y post aborto; la intervención misma en caso de realizarse queda a merced de los recursos individuales.

Las pautas para la práctica institucional del aborto por indicación médico-legal, propuestas por la Cátedra de Medicina Legal de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República, avanzan en la cobertura de ese vacío en los supuestos donde la Ley 9.763 de 1938 exime al aborto de pena, procurando resolver un manejo ineficiente de estas situaciones por ausencia de normas que den seguridad jurídica al equipo de salud y a las instituciones asistenciales.

Esos supuestos son básicamente cuatro: riesgo de salud o vida de la mujer, violación, angustia económica y honor familiar; las pautas agregan indicaciones para situaciones dilemáticas, es decir donde el permiso legal pueda ser controvertido.

También son cuatro las condiciones preceptivas para autorizar el aborto institucional: causa legalmente prevista (las contempladas en la Ley 9.863), consentimiento de la mujer (exceptuable en caso de aborto terapéutico necesario para salvar su vida), oportunidad (dentro de los tres primeros meses de la gestación, como marca la ley penal) y ser practicado por médico ginecotocólogo.

 

NORMAS PARA ASEGURAR LA PRACTICA

El debate realizado en la sede del Sindicato Médico del Uruguay (SMU) tuvo por objeto recoger aportes para pulir la iniciativa previo a recabar la aprobación de la ministra de Salud Pública, doctora María Julia Muñoz. Participaron los doctores Guido Berro Rovira y Hugo Rodríguez Almada  director y profesor adjunto del Departamento de Medicina Legal de la Universidad de la República, respectivamente ; la doctora Annabella Damasco, Jueza letrada en lo Penal y vicepresidenta de la Asociación de Magistrados del Uruguay; Lilián Abracinskas, en nombre de la Comisión de Seguimiento de los compromisos de Pekín  Mujeres por Democracia, Equidad y Ciudadanía; doctor Gabriel Adriassola, profesor de Derecho Penal de la Universidad Católica Dámaso Antonio Larrañaga, además de integrantes de Iniciativas Sanitarias para la prevención del aborto inseguro, doctores Leonel Briozzo y José E. Pons  director de la Clínica Ginecotológica A y profesor Agregado de la Clínica Ginecotológica C de la Facultad de Medicina, respectivamente  y doctora Gabriela Tencchio, asistente de la primera.

El doctor Jorge Lorenzo Otero, presidente del SMU, y su colega Julio de Fuentes, presidente de la Sociedad Ginecotológica del Uruguay, ratificaron con su presencia el apoyo de sus instituciones a la normativa, que también cuenta con la aprobación de la Facultad de Medicina. Aunque fue invitado, no estuvo representado en el debate el MSP.

«No se trata de una ley de salud sexual y reproductiva; no es una ley de aborto; no es solución de todo el problema del embarazo no deseado», aclaró Hugo Rodríguez. Los objetivos específicos de las pautas son normatizar la práctica institucional de los abortos con indicación médico-legal, favorecer que se realicen dentro del sistema sanitario en forma oportuna y segura, y brindar un marco de seguridad médico legal a las usuarias, los profesionales de la salud y las institucines asistenciales públicas y privadas.

Para Annabella Damasco, que se confiesa católica, «iniciativas como esta debiéramos felicitarlas todos». A juicio de la magistrada, ni quienes promueven la legalización del aborto ni quienes se oponen tenazmente a ella «Â´tienen la verdad absoluta», pero lo cierto es que «no podemos propiciar muerte, atrofias, que es lo que provoca la clandestinidad».

Gabriel Adriazzola critica la inercia legislativa que provoca la necesidad de esfuerzos administrativos que no dan soluciones de fondo, y la atribuye a la insistencia en liberar el aborto en determinados plazos. A su criterio, debe mantenerse la criminalidad general, dejando «permisos» por causales en la legislación sanitaria, o sea desjudicializar la práctica del aborto y trasladarla a la decisión médica. No hay dudas respecto de la legalidad del aborto terapéutico (porque no hay culpa), eugenésico (porque «no se puede pretender que la mujer sea un ataúd viviente») y cuando medió violación, aunque advierte que si se trata de mujeres mayores de 12 años se corre el riesgo de que se falsee esta situación para usar el aborto como método anticonceptivo. Por motivos de honor no lo justifica en absoluto, pero sí en situaciones de angustia económica («no se le puede exigir a una madre que traiga un hijo a la miseria o marginalidad») , si bien destaca la dificultad de definirla, función que deriva al equipo médico.

 

DERECHOS DE LAS MUJERES

Tanto en el discurso médico como en el jurídico la decisión de practicar el aborto queda en manos de terceros: profesionales de la salud, actuando solos o acompañados por colegas y jueces.

El discurso de derechos de la mujer fue introducido por Lilián Abracinskas. «La propuesta es importante y necesaria para que no mueran más mujeres» y «no debería haber problemas para que el MSP la apruebe», afirmó. Pero se trata de una reglamentación de la ley actual, que no sustituye la modificación legal por la que está bregando el movimiento feminista y amplio de mujeres y las organizaciones sociales que adhieren a sus reivindicaciones. Por lo tanto, no debería obstaculizar la dimensión política del problema subsistente: garantizar los derechos sexuales y reproductivos de todas las mujeres. «No hay verdades absolutas pero tampoco causas que justifiquen hacer transitar a las mujeres por un embarazo que no desean: eso es deshumanizar la maternidad», sentenció Abracinskas, al tiempo de advertir que las pautas tampoco resuelven totalmente la clandestinidad, porque dejan afuera una gran cantidad de razones que llevan a las mujeres a abortar. También formuló observaciones puntuales a las pautas. Una es la exigencia de que intervenga un médico ginecotólogo, que puede no haber en muchos lugares del país; otra los obstáculos para las menores de edad. La posibilidad de ofrecer a la gestante una asesoría espiritual acorde con su religión, contemplada en el proyecto de normativa, colide con el carácter laico del Estado uruguayo, observó asimismo.

En alusión a las resistencias médicas, Enrique Pons fue terminante: «Deberíamos evitar todo embarazo indeseado, y para eso está la educación general y sexual, las condiciones de bienestar, etc. Soluciones reales pero lentas… La mujer que quiere abortar ya perdió todas esas chances. Respeto a los mártires y a los valores de otros, pero no a quienes en su intención de martirio martirizan a otros, o por su respetable forma de entender la vida hacen trampas a la mujer que tienen enfrente», dijo, reafirmando su convicción de que está en el mundo como médico para ayudar y no para juzgar ni perseguir, condenar o moralizar. «Las resistencias profundizan la posibilidades de que un drama termine en tragedia», insistió antes de recordar que «Ningún varón murió hasta ahora por aborto o embarazo».

 

UNA ESPERA DE 67 AÑOS

«Si querés paz, respetad la conciencia de cada persona (…) Nadie debe intentar imponer su verdad a otros».

Con estas frases, extractadas de una homilía del extinto papa Juan Pablo II comenzó a cerrar el debate en el SMU el doctor Leonel Briozz
o.

Impulsor de las Iscapcr, cuya redacción coordinó, Briozzo se llamó a silencio durante el último año, luego de haber sido cuestionado por el MSP por proponer públicamente que se suministrara gratuitamente Misoprostol  un fármaco que aplicado en determinadas condiciones y tiempos tiene efectos abortivos  a las mujeres decididas a interrumpir sus embarazos. El 18 de mayo pasado, el Ministerio aprobó el uso obstétrico y ginecológico de este análogo sintético de la hormona prostaglandina E1, que se comercializa en muchos países para el tratamiento de úlceras gastroduodenales, pero limitando su acceso a mujeres internadas en trabajo de parto con el fin de acelerar el tránsito uterino evitando cesáreas.

Briozzo se refirió al compromiso que mueve al grupo que integra para empoderar a las mujeres con información y a los médicos con seguridades para actuar. También anunció que, al igual que sucedió con la Iscarpcr, mientras se espera la aprobación del MSP, las pautas para la práctica institucional del aborto por indicación médico-legal serán aplicadas, participando a la Comisión asesora de interrupción de la gravidez, que desde 2005 sutituye al antiguo Comando de Lucha contra el Aborto Criminal, y tiene por función dictaminar en las solicitudes de aborto legal que le propongan las instituciones de salud.

Desde el público que siguió con atención el debate, la doctora Stella Cerrutti, cordinadora de la Comisión de Educación Sexual de la Administración Nacional de Educación Pública (Anep), se congratuló de que jóvenes profesionales de la salud estén logrando lo que los de su generación no pudieron: «Queriendo hacer el bien, muchos se apropiaron del cuerpo de las mujeres», y agregó, en alusión a los años transcurridos desde la sanción de la Ley 9.763, «Puede hablarse de omisión de asistencia, ya que había espacios legales para dar respuestas a las mujeres y en 67 años no se hizo nada«.

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