Los avances de Marzo

Marzo, el Mes de las Mujeres, no sólo fue prolífico en actividades alusivas: también hubo avances normativos. El registro de deudores alimentarios ya es ley, el proyecto de ley de trabajo doméstico ingresó al Parlamento y el acompañamiento en el parto fue reglamentado por el Poder Ejecutivo.

 

* DEUDORES ALIMENTARIOS

A petición de parte y previa intimación, la Justicia puede incluir en el Registro Nacional de Actos Personales, sección Interdicciones, a quienes deban total o parcialmente más de tres cuotas alimentarias. En Uruguay más del 60% de los menores de 21 años que no conviven con sus padres biológicos no reciben dinero de ellos.

Quienes estén en el registro no podrán obtener o renovar créditos o tarjetas de crédito, abrir cuentas bancarias ni ser proveedores o negociar con el Estado.

 

* TRABAJO DOMESTICO

El proyecto de Ley de trabajo doméstico, acordado en la Comisión Tripartita de Igualdad de Oportunidades que funciona en el seno del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, fue enviado por el Poder Ejecutivo al Parlamento. Limita la jornada laboral, establece los descansos obligatorios y los derechos a indemnización por despido, cobertura de salud, seguro de enfermedad y subsidio por desempleo. 90.000 mujeres se desempeñan como empleadas domésticas: el 87% de ellas no están registradas en el BPS.

 

* PARTO ACOMPAÑADO

Durante el tiempo que dura el trabajo de parto, incluyendo el nacimiento, la mujer tiene derecho a estar acompañada por persona de su confianza o, en su defecto, a elegir libremente a una especialmente entrenada para darle apoyo emocional. Así lo establece la Ley 17.386, sancionada el 23 de agosto de 2001.

No obstante, los obstáculos para el cumplimiento se multiplicaron, y la falta de reglamentación de la ley pretendió justificar muchos de ellos. Por fin, el 6 de marzo pasado el Poder Ejecutivo firmó el decreto correspondiente, que pone a cargo del Programa Mujer y Género del Ministerio de Salud Pública el control de su cumplimiento.

Obliga a todas las instituciones públicas y privadas de salud a proveer información a las usuarias sobre sus derechos, así como a exhibir en lugares visibles su texto y el de la ley.

Los servicios deberán instrumentar la disponibilidad de vestimenta para acompañantes, promover su participación en cesáreas, proveer acompañantes entrenados cuando las mujeres no contaren con referentes personales, y no discriminar a quienes ellas elijan por aspectos vinculados al sexo, estado civil ni por razones ético-raciales, socioeconómicas y culturales. En la historia obstétrica quedará constancia de la persona que actuó como acompañante o de las razones de su ausencia, en su caso.

Para adecuarse a la normativa, tanto instituciones públicas como privadas disponen de seis meses a partir de la promulgación del decreto.

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