Trabajadoras domésticas: una ley para empezar
La iniciativa se elaboró y discutió entre los tres sectores involucrados: trabajadoras, gobierno y empleadores, representados estos últimos por las cámaras empresariales. Las trabajadoras domésticas tienen un sindicato refundado, todavía con pocas afiliadas.
En el Mes de las Mujeres, representantes del Departamento de Género y Equidad del PIT-CNT adelantaron a la Bancada Bicameral Femenina el texto del proyecto, que sigue a consideración del Poder Ejecutivo, encargado de remitirlo al Parlamento para debate.
El trabajo doméstico se define«como el que presta, en relación de dependencia, una persona a otra u otras, o a una o más familias, con el objeto de consagrarles su cuidado y su trabajo en el hogar, en tareas vinculadas a éste, sin que dichas tareas puedan representar para el empleador una ganancia económica directa».
Para terminar con el abuso que, a imagen y semejanza de las tareas de las amas de casa, extiende indefinidamente la jornada de las trabajadoras remuneradas, el Artículo 2 de la iniciativa la limita a un máximo de 8 horas diarias y 48 semanales. Finalizada la jornada, el personal«sin retiro» podrá disponer libremente de su tiempo.
Habrá descansos intermedios, de media hora para el personal «sin retiro» y mínimamente de dos horas cuando sea «con retiro». El descanso semanal de 36 horas incluirá obligatoriamente el día domingo, pudiendo las partes acordar cuándo se gozará el restante. Se garantizan nueve horas de descanso nocturno ininterrumpible para empleadas/os con cama, así como alimentación adecuada y habitación higiénica y privada.
Quienes se dediquen al trabajo doméstico quedarán amparados por el sistema de fijación de salarios de la Ley 10.449, generando derecho tanto mensuales como jornaleros a indemnización por despido desde los 90 días corridos de iniciada la relación laboral. El despido de una trabajadora embarazada supone indemnización especial. Percibirán, en su caso, subsidio por desempleo y tendrán cobertura por enfermedad.
La edad mínima para desempeñarse en este rubro se fija en 18 años, aunque el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) podrá autorizarlo desde los 15 años cuando medien razones fundadas.
Además de explicitar la obligación patronal de extender recibo de sueldo, la iniciativa habilita inspecciones domiciliarias cuando exista presunción de inclumplimiento de normas laborales y de seguridad social.
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