Talles para todas en Buenos Aires

Pese al decir popular de que «la moda no incomoda», hace ya mucho tiempo que las jovencitas de cuerpo grande encuentran poco más que frustración en los locales que venden la ropa más apetecible para ellas, es decir la que se usa.

Esta discordancia entre las medidas antropométricas de la población rioplatense y la oferta comercial, ha sido encontrada responsable en buena medida de conductas nocivas para la salud, como la anorexia y otros desarreglos nutricionales.

Para prevenirlos, el gobierno de la provincia de Buenos Aires se sancionó la Ley 12.665, conocida como «Ley de talles», cuya reglamentación se aprobó el 27 de junio pasado. Esta concede un plazo de seis meses para que los fabricantes elaboren su mercadería en talles que van del 38 al 48, y los comercios exhiban prendas de esas dimensiones en todos los modelos. La misma norma rige para distribuidores e importadores.

Se suprimen las denominaciones S, M, L y XL. (pequeño, mediano, grande y extra grande), y cada prenda deberá lucir una etiqueta con el número de talle y una pequeña figura donde consten sus dimensiones. Según información del diario argentino «Clarín», esto representa para los talles máximos de pantalón entre 60 y 80 centímetros de cintura y entre 86 y 106 centímetros de cadera, por ejemplo. Tratándose de camisas o remeras, las prendas deberán medir entre 62 y 102 centrímetros de contorno de busto, según se trate del tamaño más chico o del más grande.

«El 22 de diciembre estaremos en la calle con el centímetro en la mano para controlar», anunció a «Clarín» la directora provincial de Comercio, Ana Serrano, de quien dependen los inspectores que verificarán el cumplimiento de la ley. Se prevén multas de entre 100 y 500 mil pesos argentinos (aproximadamente, entre 35 y 170.000 dólares) para los infractores, y la reiteración podrá llevar a la clausura preventiva del local.

«Queremos que todas las adolescentes puedan acceder a los modelos, sin distinción ni discriminación, y vamos a hacer cumplir la legislación», aseguró a «Clarín» Serrano.

La norma rige también para ofertas para las adolescentes que se hagan por internet, catálogos u otro medio que no sea el de la venta directa.

Pese a que se registra resistencia entre diseñadores y fabricantes, la legislatura bonaerense avanza en una «Ley de talles» para adolescentes varones de características similares a la vigente para mujeres.

 

PROYECTO URUGUAYO PENDIENTE

A iniciativa de los diputados nuevoespacistas Ricardo Falero y Felipe Michelini y la diputada del mismo sector Elizabeth Villalba, en abril de 2000 ingresó al Parlamento uruguayo un proyecto de ley similar al aprobado en la provincia de Buenos Aires.

«Los fabricantes de vestimenta femenina deberán confeccionar las prendas de vestir objeto de su giro comercial en todos los talles a fin de cubrir las variaciones antropométricas de la población femenina nacional. Igual obligación se impone a los importadores respecto a las prendas de vestimenta femenina objeto de importación», disponía el artículo primero. El segundo especificaba que «Los comercios cuyo giro principal o accesorio sea la venta de prendas de vestir, deberán tener en existencia o a disposición de los clientes, todos los talles».

A las consumidoras se las facultaba para denunciar violaciones a la norma ante el Ministerio de Industria, Energía y Minería, a cargo del control que podía conducir a multas de cinco a diez veces el precio de venta al público de la prenda no disponible, y a la clausura por 5 días hábiles en caso de incumplimientos reiterados.

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