Las condiciones de la regularización de adeudos la hacen "inoperante"
Paysandú – «El proyecto aprobado fue remitido en una segunda oportunidad por el intendente Alvaro Lamas, luego que recogiera sugerencias del Partido Colorado –trasmitidas a través de sus dirigentes y ediles– que mejoraron sustancialmente el proyecto originalmente enviado, por lo que el Partido Colorado lo votó en general», manifestaron a La República del Litoral la doctora Caporale y el licenciado Silva.
«Sin embargo, teniendo en cuenta que para el Partido Colorado el objetivo primordial era la recuperación y mantenimiento de la calidad de contribuyente del ciudadano sanducero, se consideró que se debía atender con una mayor bonificación al contribuyente buen pagador, en un acto de estricta justicia y no de voluntarismo.
Se defiende así a quien, enfrentando las mismas dificultades económicas que el que cayó en morosidad, permitió a la Intendencia contar con los recursos para cumplir con sus cometidos, sin que dicha bonificación significara un costo elevado para la comuna».
«Por otra parte, para el ciudadano en situación de morosidad, que deberá enfrentar simultáneamente el pago de las cuotas del convenio de regularización y la de los tributos en curso, lo mejor que se le podía proporcionar era tiempo, es decir, plazos largos para que el propio ciudadano, con libertad, escogiera el que mejor le convenía. En este punto cabe indicar que nadie en forma razonable indicó cuál era la dificultad de la Intendencia para no dar mayores cuotas cuando, además, se recalca que no existe déficit. Si bien en el proyecto aprobado se establece un régimen especial de 72 cuotas, las condiciones para acceder al mismo lo hacen prácticamente inoperantes», expresaron.
Agregaron entonces que «en la reciente campaña electoral el Partido Colorado expuso claramente que en materia fiscal su objetivo era reducir la carga fiscal de la Intendencia –que en los últimos diez años pasó de un presupuesto de U$S 8.000.000 a aproximadamente U$S 30.000.000– y en este sentido el proyecto de regularización de adeudos tenía que tener un carácter de ordenamiento del sistema tributario de la comuna».
«Por último, se debe indicar que la inclusión en el cuerpo normativo del decreto de un artículo que compromete al intendente a cumplir con normas constitucionales y legales, realizando las gestiones pertinentes para el cobro de los adeudos, es un exceso, puesto que las normas existen y sólo hay que cumplirlas».
«Al no realizar ningún tipo de gestión para el cobro de sus adeudos en los últimos diez años, la Intendencia comprometió el patrimonio del departamento, al permitir que los adeudos caigan en prescripción. Si ahora existe una voluntad política distinta, la mejor prueba es el cumplimiento de la normativa que ya existe en esa materia», puntualizaron.
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