Conocido contador a la cárcel por maniobras con pinturas
La historia de este caso se remonta al 28 de noviembre de 1996 cuando la Bandir SA, fabricante y exportadora, solicitó a la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), la inscripción de uno de sus productos a los efectos de poder recibir los beneficios de reintegro de exportaciones.
Pero el tiempo, y la investigación realizada por la entonces flamante administración de Víctor Lissidini al frente de la DNA, permitieron demostrar en marzo de 2002 que nunca había existido transacción comercial alguna con el exterior. También se comprobó que los productos que decía la empresa que importaría –pintura automotriz– eran solamente agua, o en el mejor de los casos espesante y tiza.
El fiscal Penal de 15º Turno, Rafael Ubiría, actuante en el caso, resumió así el delito: «En definitiva, la maniobra dolosa constatada consistió en simular una exportación de mercadería inexistente, que dio lugar a la obtención indebida de certificados de créditos de parte del Ministerio de Industria por valor de 3.229.632 dólares, que fueron negociados a la postre por Bandir SA con empresas de plaza».
Y agregó: «Ese quehacer engañoso, prolongado en el tiempo, perfila una verdadera estratagema destinada a inducir en error al MIEM, que pagó así grandes importes que no correspondían, la cual se tradujo en un grave perjuicio para las arcas del Estado, y se volcó a su vez en un beneficio indebido de terceros».
Pintura al agua
De acuerdo con el informe del fiscal Ubiría y el auto de procesamiento del contador Marcelo Julio La Gamma Ruy, dictado por el juez Penal de 16º Turno, Alvaro Franca, a los que tuvo acceso LA REPUBLICA, el dolo se mantuvo en secreto en virtud de los artilugios empleados por sus autores.
Para obtener el beneficio de reintegro, Bandir SA debía exportar la pintura para autos, y así lo consignó en sucesivas oportunidades ante la secretaría de Estado, recibiendo la suculenta suma que supera los tres millones de dólares. Durante parte de 1997 y 1998 la compañía alegó envíos a Brasil a través de la Receptoría de Río Branco y vía la Zona Franca de Colonia.
En una primera etapa, de acuerdo con la documentación que era entregada, las latas con tintas y lacas habrían sido presuntamente trasladadas a los depósitos de la firma Rentex SA, usuaria de dicha zona liberada de impuestos. Permanecerían allí hasta la operación de reembarco, la cual cerraría la exportación. La investigación realizada por la DNA permitió descubrir en marzo pasado que las 800 latas que tendrían que haber salido del país, en realidad nunca «emigraron».
La documentación reunida por los pesquisas reveló que en noviembre de 2001 fueron llevadas a la Zona Franca de Libertad desde la de Colonia. Y en tierras maragatas fue que se pudo comprobar, al inspeccionarlas, que ninguna contenía pintura, sino principalmente agua, espesantes y tizas. En otro detalle que da la pauta de la ilegalidad en la que se movía Bandir, Ubiría y Franca remarcan que «la operación de reembarco carecía totalmente de regularidad, desde que fue gestionada por un despachante de aduana inexistente, y se falsificaron firmas y sellos de la Receptoría de Aduana de Río Branco».
Las culpas
De acuerdo con los magistrados intervinientes, el contador La Gamma pretendió responsabilizar de todo a su colega Julio Senatore, sindicado como el único accionista de Bandir y fallecido en 2000. Al respecto, el juez Franca afirma en su sentencia de primera instancia: «Se comparte lo alegado por representante del Ministerio Público en el sentido de entender que la maniobra dolosa mencionada no pudo haber sido realizada en forma aislada. Es así que se entiende ‘prima facie’ que existen acreditados elementos de convicción suficientes para entender al indagado La Gamma como coautor» de la maniobra.
Entre los elementos presentados por Aduana y empleados por el magistrado para elaborar su fallo, se cuenta que en noviembre del 96 el ahora procesado puso en funcionamiento la sociedad anónima por lo que realizó los trámites correspondientes, como ser cambio de directores e inscripciones ante la DGI, BPS y MTSS, puso como domicilio de la firma el de su cuñada y «contribuyó de tal modo a la inducción en error por medio de esas falsas apariencias».
El magistrado, en base a las pruebas obtenidas, dispuso el pasado 11 de setiembre que el contador sea procesado con prisión por «un delito continuado de estafa en calidad de coautor» y sostuvo que «la conducta que se investiga es pasible de ‘causar grave alarma social'». Paralelamente, recogiendo el pedido de la fiscalía, continuará la investigación en virtud de que habría más personas con responsabilidad en la fabulosa maniobra. *
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