La Suprema Corte respondió petitorio de presos del Comcar
El lunes 20 de marzo los familiares de los presos presentaron el petitorio, a través de sus familiares, en la alta corte. Daban un plazo de 30 días para obtener respuesta, lapso reducido a una semana tras el comienzo de la huelga en el Penal de Libertad el pasado viernes.
El presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) expresa, con relación al primer punto lo siguiente: «El régimen de revista desfilada –como ustedes lo denominan– que anteriormente practicaba la Corte, fue necesario sustituirlo por el actual sistema de solicitudes de gracia tramitadas por expediente. Ello se debió al constante crecimiento de la población carcelaria, que llegó a un punto en que resultó imposible de cumplir por razones de tiempo».
El alto magistrado agrega que «no obstante, ya en el acuerdo celebrado el día 6 de setiembre del año pasado, la Corporación había abordado el estudio del problema y designó una comisión (…) con el cometido de coordinar con jueces, fiscales, defensores y representantes de Institutos Penales, la puesta en práctica de un sistema de revista desfilada que estaría a cargo de los magistrados del Orden Penal». En este sentido, Mauriño les manifiesta a los reclamantes que «como ustedes comprenderán, no se trata de un tema sencillo que pueda resolverse de inmediato. No obstante, se trata de lograr una solución lo antes posible».
Perdón del Parlamento
Los más del mil firmantes de la misiva hecha llegar a la magistratura, sugerían en la oportunidad que se otorgue un beneficio general, que «puede ser por ejemplo los mil días de perdón solicitados por el Santo Padre». Con respecto a esto, Mariño puntualiza que eso «excede la competencia de la Suprema Corte de Justicia»; y explica: «El perdón que ustedes proponen ya como beneficio general o en forma individual es de competencia exclusiva del Poder Legislativo, conforme a lo previsto en la Constitución de la República, art. 85 Nro. 14. A la Asamblea General le compete: «Conceder indultos por dos tercios de votos del total de componentes de la Asamblea General en reunión de ambas Cámaras, y acordar amnistías en casos extraordinarios, por mayoría absoluta de votos del total de componentes de cada Cámara».
«Será cuestión, pues, de que ese órgano soberano evalúe los resultados que tuvo en la práctica la Ley de Amnistía de «presos sociales», como ustedes los denominan. (Nro. 15.743). También debería tomarse en cuenta –como lo hace actualmente la Corte al tratar las libertades anticipadas– si el imputado ha demostrado síntomas de recuperación suficientes como para pronosticar su reintegro útil a la sociedad, así como sus reales posibilidades de reinserción laboral, para evitar, que la única salida para su sustento sea reincidir en el delito, contemplando de ese modo debidamente la seguridad ciudadana».
Trámites procesales
Con respecto al pedido de que se aceleren los trámites judiciales de los procesados, la respuesta de la SCJ recuerda: «Es sabido que la Corporación dispuso, el año pasado, un relevamiento en las sedes penales a fin de procurar lo que Uds. precisamente piden, una aceleración en la tramitación de los procesos, con resultado francamente positivo. Según dieran a conocer los medios de comunicación en el mes de setiembre de 1999, solamente un 16,3% de los procesos con el encausado en prisión con más de un año de trámite, estaban sin sentencia de primera instancia».
Mariño sostiene que «un año es el plazo que según los términos establecidos en el CPP ha de considerarse razonable para el desarrollo del proceso desde el auto de procesamiento hasta la sentencia de 1ra. Instancia.
De este modo el número de procesados en prisión y sin condena que llegó en algún momento a más del 80%, se redujo al 67%.
Ustedes deben saber que no todas las causas son de igual complejidad, y algunas de ellas –sobre todo aquellas en que hay varios procesados con causas anteriores en trámite, con requisitorias pendientes de otras sedes y con algunos prófugos que luego son aprehendidos– requieren mucho tiempo para su tramitación».
Conclusión
«En conclusión, y sea dicho sin mengua del respeto que merece el ejercicio de sus derechos por parte de la comunidad de reclusos que ustedes integran, me permito señalar la inconducencia de la medida extrema que Uds. anuncian, como es la huelga de hambre. Ese estado de tensión no habrá de contribuir a la serenidad de espíritu con que deben encararse los problemas que Uds. plantean y lograr una solución razonable y satisfactoria».
La carta, dada a conocer ayer de tarde, luego de la concentración de familiares en Plaza Libertad, está firmada por Juan Mariño Chiarlone, presidente de la Suprema Corte de Justicia; y por Ricardo C. Pérez Manrique, secretario letrado de la corporación.
Compartí tu opinión con toda la comunidad