En nombre de la inocencia
La historia de Gustavo Correa ya ha sido conocida a través de LA REPUBLICA, desde que fue procesado por rapiña, hasta que el juez lo liberó porque entendió que no estaba implicado en el hecho. Días atrás el Tribunal de Apelaciones Nº 2 lo incluyó en la Ley de Desempapelamiento, y por tres años le archivó la causa.
Si durante este lapso Gustavo Correa no tiene ningún problema a nivel penal, automáticamente se le clausurará su expediente. Pero si antes de junio de 2004 surge algún inconveniente, la causa anterior se reactivará.
«Yo no quiero esta medida porque soy inocente, nunca cometí el delito que se me imputó. Ahora con esto es como que me dijeran: ‘mira pibe, te damos una oportunidad, aprovechala’. Yo quiero que se investigue a fondo qué pasa con este expediente y que alguien me explique o se haga responsable por los meses que estuve preso».
Gustavo Correa siente que uno de los principales axiomas de la Justicia con él no se está cumpliendo: «Todo el mundo es inocente hasta que se demuestre lo contrario. A mí me dijeron que era culpable y con esta medida lo ratifican. Entonces ahora yo tengo que demostrar que soy inocente». El joven, de 24 años, tiene una pequeña hija y ha comenzado a rehacer su vida después de salir de la cárcel. Sin embargo entiende que todavía no es libre.
El caso
El hecho por el cual esta persona terminó tras las rejas aconteció el 15 de diciembre de 1999 cuando un ómnibus de la empresa COME fue asaltado en Larravide y Purificación. Entre los atracadores estaban un hermano de Gustavo y otro joven, quienes aún se encuentran tras las rejas. Nadie cuestiona estos dos procesamientos.
Sobre las 22 y 15 de aquel día cinco jóvenes, algunos de ellos armados, subieron al bus y bajo amenazas le robaron la recaudación al guarda-conductor y las carteras a tres pasajeros. Después descendieron del rodado y se dirigieron hacia la calle Lucas Moreno, sobre la que vive Gustavo.
Un gran revuelo comenzó a escucharse en la cuadra, por lo que varios vecinos salieron a las puertas de sus casas para ver qué pasaba. Entre ellos Gustavo, quien hasta entonces se encontraba en la casa de su novia, según lo sostienen varios testigos, escuchando el partido de Danubio y Bella Vista. Cuando el joven salió fue avisado por una conocida que su hermano estaba entre los que corrían y le indicó el rumbo que llevaban.
Instintivamente comenzó a seguirlo para recriminarle su actitud, marcando así su destino. Un vecino de la zona había llamado a la Seccional 13ª para dar cuenta de lo sucedido, llegando minutos después varios uniformados. Estos procedieron a detener a Gustavo, a su hermano y a otro muchacho. Dentro del patrullero el hermano y el otro dijeron que él no tenía nada que ver, igual que lo hicieron después en el Juzgado.
Lo cierto es que al otro día la Justicia procesó a los tres por «rapiña». En la instancia judicial, Gustavo Correa pidió la concurrencia de varios testigos que podrían indicar dónde él se encontraba al momento del hecho, pero no tuvo respuesta. El 16 de diciembre ingresó al Comcar.
El proceso
Recién el 14 de marzo fueron citados. Y tres días después, el juez penal de 2º Turno, Fernando Cardinal, decretó su libertad. Tal como surge del expediente, al que accedió LA REPUBLICA, el magistrado sostuvo en el escrito que no había elementos para inculpar al joven: «A los efectos de demostrar que no existen hoy por hoy, y luego de la diligencia para mejor proveer elementos suficientes de convicción o semiplena prueba en el lenguaje de la Constitución, que ameriten el mantenimiento del enjuiciamiento».
Gustavo recuperó la libertad el 17 de marzo y aquel día se preguntó qué hubiera pasado si los testigos hubieran declarado cuando fue detenido y antes de vencer el plazo de 48 horas que la Justicia tenía.
En mayo de 2000 el Tribunal de Apelaciones de 3er. Turno respaldó la decisión del juez de primera instancia. Los elementos que habían motivado el encarcelamiento del joven eran la detención junto a dos de los implicados y el reconocimiento de dos de las víctimas, no así del conductor del ónmibus que en varias oportunidades sostuvo que Gustavo Correa no estaba entre los asaltantes.
En su fallo de liberación Cardinal dispuso: «Revócase parcialmente el auto de procesamiento Nº 2290 del 16 de diciembre de 1999, en lo que refiere a la participación en el delito allí descripto de Gustavo Daniel Correa Píriz, decretándose la libertad provisional del mismo, que se tendrá por definitiva una vez ejecutoriada la presente resolución».
La fiscalía
El 29 de mayo de 2000 la fiscal Mirta Guianze presentó sus descargos y discrepó con la posición del juez por varios aspectos. Uno de ellos de corte formal, ya que la representante del Ministerio Público sostuvo que el magistrado tendría que haberle notificado al momento de tomar la determinación. Por otro lado, la fiscal realizó varias consideraciones, como las distintas versiones que dan los testigos, principalmente a la hora de señalar cuántas personas estaban con Gustavo cuando se produjo la rapiña.
Según afirma, el hermano del joven y el otro procesado niegan que Correa Píriz haya participado sólo para favorecerlo porque era el que más tenía para perder. Y como ejemplo aporta que al momento de los hechos tenía «una hija internada en el hospital». Al respecto, el Gustavo Correa indicó que en eso hay un grave error, ya que al momento de ir preso él no tenía hijos.
El proceso continuó y en junio se conoció el pronunciamiento del abogado defensor de oficio de Gustavo, Francisco Igoa. Dos meses después Cardinal se pronunció nuevamente y rechazó de plano el planteo de la fiscalía acerca de la existencia de pruebas en contra el individuo, y se explaya sobre la cuestión de forma. En una extensa fundamentación, citando varios artículos del código procesal, también echó por tierra ese cuestionamiento.
Desempapelado
El caso de Gustavo Correa pasó entonces al Tribunal de Apelaciones de 2º Turno, cuyos integrantes resolvieron por dos votos favorables y uno negativo, otorgarle al encausado el beneficio de la Ley 17.272 que entró en vigencia en noviembre de 2000, conocida como Ley de Desempapelamiento.
«Los procedimientos en trámite a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, que refieran a imputados o penados primarios que se hallaran en libertad, o procesados sin prisión, con excarcelación provisional, en libertad condicional o anticipada, o con suspensión condicionales de la ejecución de la pena, serán clausurados provisoriamente por los juzgados y tribunales penales», dice al artículo 20 bis 1.
El último artículo de la ley expresa que «la clausura referida en los artículos precedentes tendrá carácter definitivo, si el procesado o penado no fuera sometido a nuevo procedimiento dentro del término de tres años, contados desde la fecha en que se dispuso la clausura. En caso contrario, se continuarán los procedimientos provisoriamente clausurados y el Juzgado dispondrá de oficio lo que al estado de los mismos corresponda».
Pero hay un artículo que dice que el procesado o penado tendrá derecho «a la continuación del proceso si manifiesta oposición a la clausura dentro de los cinco días hábiles siguientes a la respectiva notificación». Gustavo contó que el 17 de julio de 2001 su abogado fue notificado, comenzando a correr el plazo. Pero no fue hasta el martes 24 que se enteró, cuando ya no había tiempo a recurrir.
Críticas a Igoa
«Fui a ver qué había pasado con el tribunal. Yo seguía el proceso de cerca y cada tanto visitaba a mi abogado. Ese día
sobre las 15 y 15 me entrevisté con Igoa y ahí me entero de la decisión del tribunal y de la suya: había aceptado. Me dijo que él no explicaba las razones de su posición. Me dijo que era lo mejor para mí porque si el tribunal estudiaba a fondo el caso no sabía lo que podía pasar», narró Gustavo.
Su padre, Elbio Correa, puntualizó que antes que se conociera el fallo, y ante la eventualidad de que los magistrados adoptaran la medida que finalmente tomaron, le había avisado que no estaban dispuestos a aceptarla. «Se tomó atribuciones que no le corresponden. Con esto, el abogado asume que mi hijo es culpable», criticó el señor Correa.
Su hijo agregó: «El tribunal no estudió a fondo mi caso y mi inocencia. Yo quiero que esto siga hasta las últimas consecuencias. Soy el principal implicado y quiero que me entiendan que soy inocente». Padre e hijo coincidieron en afirmar que «esto le quita sus derechos. Esta libertad no le permite comprobar que realmente es inocente y durante tres años está bajo la lupa y por cualquier cosa se le puede abrir una causa con la cual no tiene nada que ver».
El plazo para apelar está vencido, pero Gustavo realizará en los próximos días una serie de intentos por revertir la situación. Primero se reunirá con abogados del Servicio de Paz y Justicia (Serpaj) y está dispuesto a llevar su caso al Parlamento hasta que la Justicia, paradójicamente, le permita demostrar que no es culpable.*
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