A dos años de la muerte de la niña de 6 años, Antonella, suspenden al pediatra
El abogado Gustavo Sabaris es el patrocinante de la causa en el ámbito civil y penal en tribunales de Paysandú. El pasado día viernes LA REPUBLICA tuvo conocimiento que por resolución del Ministerio de Salud Pública se inhabilitó al pediatra por el plazo de 90 días para ejercer toda actividad relacionada con su profesión. El 30 de junio pasado, el director general de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) Tabaré González, dispuso un sumario administrativo a cuatro funcionarios del hospital sanducero (dos médicas y dos enfermeras) que integran la plantilla de funcionarios del Ministerio de Salud.
El médico pediatra fue despedido por la Comisión de Apoyo y ahora pesa sobre él la nueva resolución de suspensión por 90 días de inhabilitación.
El 6 de noviembre de 2004 Antonella Sueldo Escobar, de 6 años, murió por «estreptococo B-hemolítico del Grupo A». Para los padres de la niña, quien ingresó al hospital sanducero con un cuadro de fiebre y dolor abdominal, «hubo manifiestas omisiones y un cúmulo de irregularidades en el servicio, las que de haber sido evitadas no hubieran provocado el deceso de Antonella».
María Teresa denunció que a ello se unió un conjunto de responsabilidades por omisión, desidia y error de diagnóstico que determinó la existencia de fallas de orden institucional al haber funcionado el sistema de manera deficiente.
Asimismo, agregó que los funcionarios al frente del mencionado centro asistencial «no extremaron las medidas necesarias, útiles y adecuadas a fin de determinar la afección que aquejaba a mi querida hija para adoptar los recursos pertinentes».
Además de denunciar que los médicos no dieron un diagnóstico preciso, María Teresa Escobar dijo que «tal desidia se vio agravada por la actitud de la enfermera de la noche que hizo caso omiso a las súplicas de la abuela de Antonella que estaba junto a la niña y no llamó a Emergencia ni Urgencia a causa de las manifestaciones de dolor y lesiones que se iban produciendo en la piel de mi hija».
De la historia clínica en poder de LA REPUBLICA surgen elementos contundentes: el mismo 5 de noviembre a la hora 2.00, se llamó a puerta, «por una niña con temperatura axilar de 39°. Se indicó pasarle 300 mg. I/V. Suministrarle novalgina (dipirona) 3cc I/V. A las 15 hrs., se consignó «niña muy dolorida y con enrojecimiento en espalda y M/I.
Se llamó a una doctora que indicó llamar al pediatra de guardia, quien desde su domicilio, a una cuadra del hospital, recetó telefónicamente Buscapina 2cc I/V para calmarla.
Aproximadamente a las 21 horas, sin contar en la historia clínica con ninguna intervención médica directa, la abuela comenzó a notar lesiones en la piel de la pequeña. Llamó a la enfermera para que advirtiera a los médicos lo que estaba pasando, pero la misma no llamó ni a Urgencia ni a Emergencia.
Hora 6.20 se agregó en la historia clínica: rigidez de nuca, se entiende debe ser trasladada a Ucinsa en la ciudad de Salto. Sobre las 14.30 se constató el deceso de Antonella Sueldo Escobar por «Púrpura Fulminante». *
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