La Policía de Tránsito lanza campaña de prevención antes de empezar a multar
La Secretaría de Estado comunicó a todas las jefaturas del país la derogación de ordenes y resoluciones que limitaban la acción policial en materia de seguridad en el tránsito.
En consecuencia, la Policía de Tránsito comenzarán a multar, como sucedía antes de 2003, dentro de 90 días contados a partir del pasado 6 de octubre.
Los policías se regirán por la legislación vigente, el Reglamento Nacional de Circulación Vial, Ordenanzas Generales de Tránsito y Decretos respectivos.
A partir del viernes, el Comando del Cuerpo de Tránsito de cada Jefatura de Policía departamental, orientará e instruirá a los efectivos «para que el cumplimiento de la función se realice como parte del compromiso policial de servicio a la comunidad. En este sentido, en sus intervenciones sobre al seguridad en el tránsito, dará prioridad a las tareas de prevención y disuasión».
Sin embargo, «cuando se constaten infracciones graves en materia de tránsito, la policía actuará de acuerdo a sus facultades punitivo-administrativas o represivas, conforme a los que establezca el marco jurídico vigente», establece la resolución del Ministerio del Interior.
Asimismo, se instruye en torno a las intervenciones que «se regirán por la corrección en el trato a las personas involucradas, la regularidad de los procedimientos y la firmeza que debe caracterizar toda actuación policial».
Habrá un plazo de 90 días a partir del 6 de octubre, en el que la Policía realizará observaciones a las personas que estén involucradas en infracciones de tránsito.
Transcurrido el mismo, «ante la constatación de una infracción de tránsito, la Policía Nacional comenzará a aplicar las sanciones establecidas por el marco jurídico vigente en la materia», que vuelve a habilitar la aplicación de multas por infracciones a los conductores, más allá de los convenios que puedan realizarse con las Intendencias Municipales para la ejecución de estos cometidos.*
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