La Asamblea General recibió ayer el proyecto de ley

Presidencia propone sistematizar el otorgamiento de gracias a presos

El proyecto fue firmado sobre las 19 y 30 de la víspera y pretende modificar al artículo 20 de la Ley Nº 15.737 del 2 de julio de 1985 referente a la «gracia» y al «libertad por gracia». En la exposición de motivos que envía Presidencia a la Asamblea General se destaca que la medida tiene como meta «organizar en forma sistemática el instituto de la Gracia».

En esta iniciativa de reordenar y acotar la reglamentación se agregan dos exclusiones a este beneficio: para los reincidentes habituales y para aquellos procesados por delitos que se castiguen con pena de penitenciaría. El proyecto indica que estas disposiciones recogen y dan estatuto legal a lo que en la práctica venía aplicando la Suprema Corte de Justicia.

En el numeral 20.2 del proyecto firmado ayer «se regula el instituto de la libertad por gracia en los casos de delitos con pena obtativa, la que se podría conceder exclusivamente si: 1) se ha cumplido preventiva superior a la mitad de la pena pedida en la acusación fiscal; 2) de haber recaído sentencia no ejecutoriada, si el procesado ha cumplido prisión preventiva superior a la mitad de la pena fijada y 3) de no haber mediado acusación cuando la preventiva cumplida es superior a dos años».

Tres miembros

«En el numeral 20.3 se opta por otorgar la facultad a la Suprema Corte de Justicia de delegar en tres de sus miembros el ejercicio de la facultad de otorgar la libertad por gracia. Acotada la revista de presos a un número razonable de reclusos, no hay inconveniente en que sean tres los ministros que intervengan, máxime teniendo en cuenta la suspensión de los plazos procesales y administrativos que se dispone en la presente ley», reza la exposición de motivos. Esta suspensión de los plazos procesales y administrativos abarca a los funcionarios técnicos que deban intervenir en las visita de cárceles, y se extiende mientras participen en las mismas. «Con esta formulación el instituto de la Gracia adquiere una dimensión compatible con la realidad institucional del Poder Judicial y con la situación carcelaria», se afirma.

El Poder Ejecutivo entiende que con este proyecto de ley se procura aliviar «la carga de trabajo» de la Justicia Penal, permitiendo a los órganos jurisdiccionales decretar la clausura de los procedimientos en aquellas causas en las cuales, al estar los procesados o penados en libertad, la persecución penal de las conductas ha perdido interés para la sociedad, «convirtiéndose los expedientes correspondientes en una rémora para el buen funcionamiento del servicio de justicia en la materia».

«A no dudarlo»

La propuesta recibida por la Asamblea General contiene también las limitantes y condicionantes para la clausura definitiva de los procedimientos: «a) la oposición del Ministerio Público por entender que media interés prioritario en la prosecución de los mismos; b) la oposición del procesado o del penado si la sentencia fuera pasible de recurso; c) la continuación del proceso en caso de comisión de nuevo delito dentro del término de tres años desde la fecha en que se dispuso la clausura».

Los redactores de este proyecto afirman que estas últimas disposiciones ofrecen garantías tanto para el encausado como para la sociedad «en la medida en que la clausura está condicionada a un período de prueba de tres años sin nuevo procesamiento». En este sentido opinan que «la aprobación del presente proyecto significará, a no dudarlo, un importante paso para aligerar a la Justicia Penal de una pesada carga que retrasa el trabajo de las sedes de la materia, sin ninguna utilidad, permitiendo avanzar con mayor fluidez hacia el dictado de sentencias en las causas con procesados presos que son las que revisten mayor interés social».

También afirman que este nuevo régimen permitirá realizar de una manera más fluida las «visitas de cárceles y de causas» evitando poner a consideración de la magistratura un enorme número de expedientes que «sobrecargan la tarea y la retrasan con poca utilidad para la administración de justicia».

Esta iniciativa del Ejecutivo fue bien recibida por familiares de presos del Comcar y Libertad consultados por LA REPUBLICA, en el entendido que atiende uno de los reclamos de los internos desde que este método se había dejado de aplicar. Por su parte la SCJ alegaba que para implementarlo se paralizaría el Poder Judicial.

 

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