Las deudas del Estado y una necesaria compensación
MANUEL NUÃEZ
Es público y notorio que existe en el momento actual una situación difícil en el relacionamiento general del Estado, cualquiera sea el órgano o dependencia, con sus acreedores. Una situación difícil que está provocando graves perjuicios a la economía nacional y que, de alguna manera, podría atenuarse creando los instrumentos legales que permitieran una compensación justa y adecuada entre los distintos deudores- acreedores.
En estos días fue noticia de prensa la cifra millonaria en dólares de los adeudos que la Administración Central mantiene con sus proveedores, al punto que ya pocas empresas venden al Estado si no es al contado. Esto afecta las compras del Estado que en muchas de sus dependencias está desprovisto de materiales esenciales lo que, al sólo título de ejemplo, va desde gasas y algodón en los hospitales públicos hasta los equipos mínimos de seguridad en el edificio del Poder Legislativo.
Al mismo tiempo esta situación de «atrasos» en las obligaciones del Estado también afecta la relación con empresas contratadas para la prestación de servicios que han sido tercerizados, tales como servicios de limpieza, transporte u otros muchos ejemplos.
Sin embargo, y como consecuencia de la reducción de la recaudación del Estado en general y de la Administración Central en particular, no sólo se han incrementado los controles de la evasión y la elusión impositiva, – cosa con la que estamos de acuerdo para todas las situaciones en que se encuentre el erario – sino que también se han adelantado en dos semanas los fechas normales de cobro del BPS. Es sabido también que si una empresa no realiza sus pagos en las fechas establecidas por la Administración, se le cobran multas e intereses de mora sin ningún tipo de flexibilidad.
De esta manera se da la paradoja que una empresa cuya principal y a veces única fuente de ingresos son los pagos del Estado, ya sea como contrapartida de venta de materiales o de prestación de servicios, no puede pagar sus obligaciones tributarias o de otra índole con el Estado y se convierte en deudor y acreedor al mismo tiempo, con el agravante que su deuda se acrecienta con multas y moras mientras su crédito, salvo que se haya pactado alguna cláusula especial, permanece fijo en moneda nacional.
Cuando estos extremos se dan, la empresa que no puede pagar porque el propio Estado no cumple con sus obligaciones con ella, se produce la siguiente situación contable: El Estado aumenta su pasivo por la deuda que mantiene con dicha empresa pero a su vez no recauda y aparece una carencia de ingresos en sus arcas. La solución de compensación que se propone en el proyecto que hemos presentado en el Senado de la República no implica mayores erogaciones al Estado que las que hoy realiza, ya que no implica transferir efectivo más allá de las decisiones de caja que habitualmente se toman y que ejecuta la Tesorería. Implica sí un movimiento de «certificados» que permiten realizar asientos contables que mejoran la situación tanto de la Empresa (Deudora y Acreedora del Estado al mismo tiempo) y del Estado asumido globalmente.
Le emisión de certificados a los efectos de que una empresa pueda compensar sus deudas con el propio Estado permite un triple efecto: Por un lado el Estado no aumenta su Pasivo o sus deudas, por otro lado la Empresa puede hacer frente a su obligación con el Estado hasta las cifras concurrentes correspondientes y, finalmente y aunque sea sólo en términos contables y no en efectivo, el Estado obtiene ingresos que de otra forma no hubiera obtenido. *
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