Una propuesta disparatada y fuera de lugar
Se conoció hace unos días un proyecto de ley presentado por dos diputados herreristas que felizmente concitó el casi unánime rechazo de legisladores de todos los partidos.
Si no fuera porque pretende incorporar graves disposiciones antidemocráticas, la propuesta no merecería sino un comentario jocoso, a tal punto resulta disparatada.
Pero por desgracia, el proyecto presentado recoge una peligrosa ideología represiva que ha estado presente en otras iniciativas anteriores y que desconoce elementales pautas de convivencia democrática.
El Herrerismo vuelve a insistir, con tozudez recurrente, en aparecer como el abanderado de la lucha contra la delincuencia, en una franca competición con los sectores colorados más conservadores. En esa línea, han surgido propuestas que apuntan a combatir la delincuencia mediante recursos puramente punitivos: incrementar las penas y habilitar la violencia represiva; es así que hemos tenido la propuesta de rebajar la edad de imputabilidad o la conocida como «gatillo fácil», entre otras.
Creen hacerse eco de la inquietud de la población pero no advierten que no solamente van en una dirección equivocada –por cuanto ya ha quedado demostrada la inoperancia de las medidas punitivas en la medida que carecen del efecto disuasivo que se pretende lograr– sino que se apartan peligrosamente de principios jurídicos y de preceptos constitucionales.
El proyecto de marras autoriza al Ejecutivo a recurrir a las Fuerzas Armadas para preservar el orden público interno, las habilita a efectuar detenciones y las ampara en la legítima defensa y en la obediencia debida, a la vez que pretende sustraerlas de la acción de la Justicia Penal ordinaria.
Esta monstruosidad, digna de un autoritarismo paradigmático, significa un considerable retroceso que nos lleva como en una máquina del tiempo a las épocas oscuras en que la seguridad del Estado se hallaba por encima de la propia Constitución y debía ser preservada a cualquier precio.
En momentos en que la acertada gestión de un ministro del Interior propende a mejorar sustancialmente la tarea de la Policía y a cambiar el relacionamiento de ésta con la sociedad, el proyecto herrerista se convierte en una propuesta peligrosa, disparatada y fuera de lugar, en abierta contradicción con los lineamientos que el Ministerio del Interior se ha trazado.
Pero además, este proyecto propone que los delitos del fuero común cometidos por personal militar en ocasión de desempeñar las nuevas tareas asignadas sean considerados delitos militares, con el claro propósito de eludir la acción de la Justicia civil y garantizar así la impunidad. Ignoran los autores de la iniciativa la profusión de fallos de la Suprema Corte de Justicia que configuran una jurisprudencia concluyente respecto de la jurisdicción de los tribunales militares: el artículo 253 de la Carta Magna reza textualmente: «La jurisdicción militar queda limitada a los delitos militares y al caso de estado de guerra. Los delitos cometidos por militares en tiempo de paz, cualquiera sea el lugar donde se cometan, estarán sometidos a la Justicia Ordinaria».
Por otra parte, hay un consenso generalizado respecto de considerar que los delitos militares se definen como aquellas infracciones que únicamente son tales si son cometidas por un militar y que no lo son cuando es un civil quien las comete, como es el caso de la insubordinación o la desobediencia, por ejemplo.
El proyecto herrerista, entonces, pretende introducir conceptos jurídicos a contrapelo nada menos que de la Carta Magna, en una actitud que no encuentra justificación desde ningún punto de vista y que aparece como una torpeza política cuyo verdadero propósito resulta indescifrable.
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