A PROPOSITO DE LA COMISION DEPARTAMENTAL DE TRABAJO

Los trabajadores burlados

MARCELO JORGE FILOMENO

 

Una burla a los trabajadores desocupados de todo el departamento de Soriano y de Dolores en particular es sin duda el decreto aprobado por la Junta Departamental el viernes 9, disponiendo finalmente la integración después de muchas discusiones y conciliábulos de la Comisión Departamental del Trabajo, de conformidad con las disposiciones de la Ley 10.459 a la que nos hemos referido oportunamente.

A cuatro días de su sanción conocemos dicho decreto solamente por algunos comentarios de la prensa. Si bien en el informe de la Comisión de Legislación y Peticiones de la Junta no se dice nada al respecto, aquellos comentarios hacen referencia en cuanto a que la vigencia de dicho decreto –luego de su promulgación por el intendente, desde luego– sería para obras futuras y no se aplicaría a obras licitadas, adjudicadas o en trámite de ejecución. Equivocadamente se habla de que el decreto no es retroactivo, confudiendo un decreto con una ley. Las leyes son las que no tienen efecto retroactivo, según el Código Civil, no los decretos. Y no hay «leyes departamentales».

Este decreto, además, no es tampoco de carácter reglamentario. Simplemente instrumenta lo que está establecido en la ley mencionada desde hace casi 60 años. Al punto que el único argumento esgrimido contra su aplicación por parte de algún edil ha sido lo irrisorio de las multas, en moneda uruguaya, pensadas para aquella época, a aplicar a las empresas que no cumplan con la obligación de tomar personal de acuerdo a ley.

Cosa solucionable con una pequeña modificación estableciendo su valor en UR, como se hace habitualmente, algo a plantear por los representantes nacionales por Soriano.

Si éstos llegaron a proponer en Cámara cosas como un plebiscito para decidir si Villa Darwin pasaría a llamarse Sacachispas o viceversa, bien pueden presentar dicha modificación. De modo que sólo por desconocimiento o por cuestiones políticas menores, la Junta Departamental puede pretender limitar el ámbito de aplicación del decreto a hipotéticas obras futuras. Interin, se van a ir diluyendo las alegrías y esperanzas de los movimientos de desocupados, y continuará el «tarjeteo» implacable. Quizá los cupos actuales ya estén llenos…

El centralismo en la Junta

Así como Montevideo aplica un feroz centralismo –succionando al resto del país–, las capitales departamentales lo practican al resto de las localidades.

Esto, tan viejo, vale la pena traerlo a colación porque la Junta Departamental actuó en concordancia con esa línea de conducta.

En efecto, son los trabajadores desocupados de Dolores los principales burlados por el decreto, puesto que se habían generado expectativa por el comienzo de los trabajos de la empresa adjudicataria de las obras en el barrio El Chaco, obra de valor millonario en dólares y que, en principio podría absorber alrededor de 50 trabajadores de la ciudad, además de los que necesariamente la empresa trae de otros lugares por tenerlos en su plantilla. Similar situación se daría con la ruta 21, pero en este caso la misma afectaría también a los trabajadores desocupados de Mercedes.

La Junta Departamental de Soriano opera, de hecho, como una Junta Local de Mercedes, en un departamento donde hace por lo menos diez años no están integradas las juntas locales. Esta es la realidad existente en el fondo del asunto, más allá del clientelismo de estilo para conceder trabajo, practicado por algunos. Agravada en este período la situación por la casi nula representación de Dolores en la Junta Departamental, lo cual ha desbalanceado políticamente al departamento, repercutiendo negativamente en el mismo y operando un bajón en todo el espectro político de la ciudad y del departamento. Soriano está enfermo de centralismo, lo cual impide abordar con fuerza los problemas.

La integración de la Junta Departamental y la no integración de las juntas locales son un claro ejemplo de ello. Mal que le pese a algunos políticos que llegan periódicamente desde Montevideo, pregonando la democratización de la crisis –que no los alcanza a ellos– y la manida descentralización.

Ahora, los desocupados del departamento en general y los de Dolores en particular deberán continuar su lucha. Todos, para que se deje de lado la absurda pretensión confusionista de considerar irretroactivo al decreto, y los de Dolores, además, para que también, como establece el artículo 4º de la Ley 14.059, se integre una subcomisión local para organizar el registro y sorteo de trabajadores dentro de su zona de influencia, que alcanza a los 17 mil habitantes.

Finalmente sería interesante que algún analista y/o politólogo efectuara un estudio estadístico de todas las disposiciones legales, como ésta, que en el siglo pasado nos enorgullecieron de nuestro pequeño gran país y hoy representan piezas de museo por el desuso a que las condenaron los gobernantes de toda la escala jerárquica. *

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