Dictadura militar y colaboración civil

Hace pocas semanas se cumplieron veintiocho años del golpe de Estado de 1973. El 27 de junio de ese año nació –aunque sus antecedentes datan de largo tiempo atrás– la dictadura militar que se bautizó a sí misma con el nombre de ‘proceso cívico-militar’, aludiendo a un inexistente consenso entre la ciudadanía y el estamento castrense, cuando en realidad fue una tiranía militar impuesta sobre el pueblo, en la que colaboraron títeres civiles. Estos ocuparon la ‘Presidencia’ de la República (Bordaberry, Demicheli, Méndez), el Consejo de Estado, ministerios, subsecretarías, cargos en embajadas, intervenciones de toda índole, cargos de confianza variados, formando un conjunto aberrante de colaboracionistas civiles del régimen.

Una de las más tristes funciones fue la cumplida por el Consejo de Estado, espurio sustituto del poder más representativo del Estado: el Parlamento. El mando absoluto del país fue asumido por las Fuerzas Armadas, que se entregaron a llevar a cabo crímenes y arbitrariedades abominables, como si fueran el principal deber de su existencia. Tomaron a su cargo la realización del mal directamente, en forma agresiva, amenazante, estremecedora, sádica y orgásmica, como dice con referencia a otro contexto William Styron (La decisión de Sophie, 1976).

El Consejo de Estado, por supuesto, aparentaba ser un cuerpo de ciudadanos que no ensuciaban sus manos en tales tareas, cuya existencia fingían desconocer e incluso negaban con falsa indignación. La razón de ser de los consejeros era la de dar una presunta legitimidad jurídica al poder, y para ello se autojustificaban como si hubiesen sido llamados por un deber ineludible de contribuir a salvar a la República.

El Consejo de Estado no atenuó en lo más mínimo el verdadero centro del poder dictatorial, sino que, muy por el contrario, al darle un disfraz jurídico lo hizo más insidioso, como cuando bajo la apariencia de síntomas benignos se esconde una enfermedad mortal. El mal en estado puro que estaba encerrado en el poder real, es decir en los represores directos, no fue moral ni jurídicamente más grave que el de sus colaboracionistas del Consejo de Estado, señores que desde sus cómodos y bien retribuidos cargos ‘legitimaban’ al primero, mientras pretendían mostrar la apariencia de ciudadanos aplicados al cumplimiento de sus obligaciones cívicas, y continuaban lo que hasta entonces habían sido sus vidas cotidianas, familiares, profesionales, etcétera. Así, el mal en estado puro ‘se transformaba’ en el Consejo de Estado (y aquí parafraseamos a Hannah Arendt y Simone Weil) en algo cotidiano, vulgar y hasta monótono y tedioso. Pero sólo a los tontos podía el Consejo de Estado engañar acerca de su naturaleza verdadera, de su participación maquilladora pero simbiótica en la dictadura.

Muy lamentable fue que, finalizada en 1985 la tiranía, un buen número de sus colaboracionistas civiles se ‘reconvirtieran’ (valga el término de moda) como demócratas, acomodaran el cuerpo y ocuparan incluso hasta hoy importantes cargos en el gobierno, la administración, la diplomacia y otras actividades públicas estatales. En cuanto a los represores directos, la democracia se apresuró a protegerlos en 1986 con la ley pomposamente llamada de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, perdonándolos con una piedad digna de mejor causa.

Los tres ex militares y el ex policía requeridos por la magistratura argentina bajo la imputación de que habrían cometido gravísimos delitos en dicho país, ¿obtendrán también ellos, el amparo de la ley citada? A esta pregunta que algunos juzgan incómoda e inoportuna debe dar respuesta la autoridad competente de la República: si se concreta el pedido de extradición, esa autoridad no puede ser otra que el Poder Judicial. *

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