Refinanciación sí, pero caso por caso
Carlos Fernández Rapetti
Dentro de las 10 medidas propuestas por el señor Presidente para tratar de solucionar la recesión económica que afecta a nuestro país y sin que ello signifique estar de acuerdo con las otras nueve, comentaremos hoy el juicio que nos merece una sola de ellas, en el deseo de ser breves: la asistencia financiera al agro. De aprobarse se le impondría al BROU asistir el endeudamiento del sector agrario para deudores de hasta 200 mil dólares, lo que insumiría una cifra de alrededor de los U$S 500 millones.
Debemos decir que es una operación que, a pesar de los 20 millones de dólares de asistencia al Banco ofrecidos posteriormente, implica un atentado contra las finanzas del «banco país» y sin contrapartida alguna del resto de la banca privada. Esta banca ha tenido, frente al deterioro económico mayoritario del comercio, la industria y los servicios, un rendimiento superior al 13% sobre el capital invertido (ROE). Tal porcentaje es muy superior al de los bancos privados europeos: 6%, de los japoneses: 2% y de los norteamericanos: 10% (*).
Ello implica que habiendo prestado al agro cerca de 400 millones de dólares se les dejó exentos de toda obligación.
Posteriormente el Poder Ejecutivo, a partir de una iniciativa del Partido Nacional, pidió que en la refinanciación en las condiciones originales, se incluyera a los deudores de entre 200 mil y 300 mil dólares, pero en este caso haciendo un estudio caso por caso.
Resumiendo las condiciones del refinanciamiento digamos: 1 año sin pago de intereses ni amortización, en los años sucesivos y hasta el año 2004: sólo pago de intereses y en ese año cancelando con el Banco por medio de la compra de un bono cupón cero.
Ante esto debemos decir que dados los montos de las deudas, el patrimonio de los deudores, en tierras, mejoras, animales (en adelante exentos del pago del impuesto al patrimonio), máquinas e instalaciones debe de ser muy grande. Además lo más fácil es que tenga otros bienes aparte de su explotación agraria por lo que habría que hacer en cada caso un análisis de su patrimonio total. Ello es debido a que sabemos que hay extensiones muy grandes de tierras de las que sólo se explota una parte, en forma extensiva, que el titular muchas veces no reside en el campo o es titular también de comercios, industrias, inmuebles e incluso que sea un inversor extranjero radicado fuera del país. Además corresponde informar que del total de deudores sólo un tercio son agricultores y los dos tercios restantes sólo ganaderos.
En estos casos, como ocurrió con los bancos fundidos (en los que se fundían los bancos y no los banqueros), puede ocurrir que realizado el análisis que solicitamos, (de la declaración jurada ante la DGI y la realizada ante el propio banco) –dado su patrimonio–, se demuestre que no amerita otorgar la refinanciación.
De procederse así podría atenderse –como lo han solicitado– también a los colonos del Instituto Nacional de Colonización (INC), que siendo miles, inquilinos y pequeños, no han podido hacer frente al importe de sus arrendamientos y están siendo expulsados de los predios. El importe total de sus deudas sería aproximadamente U$S 4:200.000. Debe tenerse en cuenta que al no ser propietarios deben emigrar a las ciudades, sin trabajo, sin capital y sin otra especialización que sus conocimientos agrarios. Esto por ser un principio democrático esencial: el de medir con la misma vara.
Pero, para finalizar, debemos tener en cuenta, que es sólo para uno de los sectores en crisis, que con esta medida sólo le estamos pidiendo un crédito al tiempo, es decir corriendo el problema para el futuro y no solucionando definitivamente el problema.
Por eso lo del título: caso por caso.
(*) Cifras de LA REPUBLICA del 13 de mayo
* Vecepresidente de la Agrupación Universitaria
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