Batlle y Ordóñez y los derechos laborales
La colectividad política a la que pertenezco siempre defendió los legítimos derechos de los trabajadores de nuestro país. Batlle y Ordóñez, a comienzos del siglo pasado fue pionero en proponer leyes laborales, comenzando por la de 8 horas, que colocaron a nuestro país a la cabeza del mundo en materia de legislación social. Batlle y Ordóñez hizo suyas las reivindicaciones obreras de aquel entonces y los colorados siempre hemos defendido la existencia de las organizaciones sindicales y su lucha por procurar al obrero y al empleado mejores condiciones de vida y de trabajo. Pero también fue Batlle, como también lo somos todos los colorados, celosos defensores del orden constituido en una democracia representativa, de las autoridades legitimadas mediante la realización de elecciones libres y de los derechos inherentes al sistema de gobierno republicano que rige en nuestro país.
De esos derechos distingo dos principales: el ejercicio de la libertad individual, que solo admite como límite el que marca la ley en salvaguarda del derecho de los demás, y el derecho de propiedad que permite que cada uno disponga libremente de lo que legítimamente se ha ganado, es decir de lo que es suyo.
Discutir el derecho de los empresarios a tomar decisiones dentro de sus empresas, es negar el derecho de propiedad. Si un empresario, después de un análisis minucioso, ha llegado a la conclusión de que un empleado ha sido desleal a la empresa y ha obrado en perjuicio de ella o ha permitido que otros lo hagan siendo su responsabilidad impedirlo ese empresario está en todo su derecho de despedir al trabajador.
La legislación vigente establece cómo deben tramitarse estos casos y establece el pago de las correspondientes indemnizaciones. Cumpliendo con esos requisitos, nadie puede imponerle a la empresa que debe seguir empleando a quien no es merecedor de su confianza, y es una argucia carente de lógica, decir que solo puede despedirlo en caso de que la Justicia lo haya encontrado culpable de un delito.
Semejante criterio supondría trasladar la dirección de las empresas a los magistrados judiciales, desconociendo principios establecidos en el orden legal vigente. Esto no tiene nada que ver con el derecho al trabajo ni con el derecho de los obreros a sindicalizarse ni a defender sus legítimos intereses.
De lo que aquí se trata es de si vamos a reconocer el derecho del empleador a tomar y a despedir en los términos que faculta la Ley, o si vamos a permitir que grupos de presión sindical impidan el ejercicio de ese derecho.
En nuestro medio, se está produciendo una penosa confusión entre las prerrogativas de los poderes del Estado y los derechos de los particulares y de los grupos de interés.
Así, por ejemplo, hemos visto con preocupación, cómo se han producido paros y hasta actos de violencia, en contra de una decisión judicial, desconociendo o pretendiendo presionar a uno de los poderes del Estado, y tan luego a aquel cuya independencia es fundamental para la salud de la democracia.
También vemos con honda preocupación a sindicalistas que pretenden erigirse en censores de las designaciones que están acordando en estos momentos los representantes del pueblo. dando un ejemplo de diálogo interpartidario y de convivencia democrática.
Todo el mundo, en una democracia, tiene derecho a opinar y a difundir sus ideas. Todos tenemos derecho a organizarnos para defender colectivamente nuestros intereses legítimos. Nos asiste el derecho, como ciudadanos de un país libre, a intentar movilizar a la opinión pública en defensa de nuestras ideas, procurando convencer a la población y a los poderes públicos de nuestras razones.
Pero no se puede admitir el uso de la fuerza, sea cual sea la forma en que ella se manifieste, para impedir el ejercicio de los derechos de nadie. La ciudadanía tiene autoridades, y quienes ocupan hoy una banca en este cuerpo, deben velar celosamente para que ningún poder espurio emanado del ejercicio de la presión o la fuerza, pueda sustituir en los hechos a esas autoridades.
Pretender imponerle a los directores de una empresa quiénes deben ser sus empleados, es un paso muy peligroso que podría conducir a que más adelante se pretenda también modificar otras decisiones de la dirección mediante el uso de la fuerza sindical.
Eso no es defender el derecho de los trabajadores, es pretender de manera encubierta, modificar el orden constituido, utilizando como rehenes a los trabajadores.
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