Nuevos decretazos
1.-El 9/2/00 en un artículo que titulamos ¡A DESMANTELAR A DESMANTELAR!, transcribíamos un editorial de LA REPUBLICA del 26/1/2000 que decía textualmente: «A lo que apuntan en definitiva quienes preconizan la flexibilización como panacea, es a borrar de un plumazo todo el andamiaje sobre el que se construyó una sociedad que mantuvo cierto equilibrio. No sería de extrañar que se planteara, por ejemplo, que el pago del aguinaldo o del salario vacacional atenta contra la competitividad».
No somos adivinos, no militamos en filas del gobierno, no consultamos el horóscopo, en el cual no creemos, por otra parte.
Sin embargo, apenas 13 días después, el Poder Ejecutivo sanciona el D 49/2000, por medio del cual se nos dice que el salario vacacional no se debe tomar en cuenta para el cálculo del aguinaldo (y para otras cosas, aunque no se diga expresamente) dando por tierra con una jurisprudencia y doctrina nacional abrumadoramente mayoritaria, por no decir unánime.
Perjuicio para los trabajadores, sin duda. Pequeña venganza histórica, que trasunta pequeñez política, al estilo de aquellos niños dueños de la pelota, que cuando les va mal en el partido, se llevan la misma para su casa. ¡Todo sea en aras de la manida competitividad!
2.- Pero no queremos referirnos a este decreto, ni a la facultad que el Poder Ejecutivo, inconstitucionalmente dicho sea de paso, se arroga de interpretar leyes, interpretación que para ser obligatoria, de acuerdo a nuestra Constitución, sólo puede ser realizada por el Parlamento o la Justicia.
El 11/2/00, tan sólo 15 días después de aquel editorial de LA REPUBLICA al que hacíamos mención, otra vez el Poder Ejecutivo sanciona otro decreto referido a los descansos en jornadas continuas y discontinuas.
Entre otras perlas a destacar, ahora se nos dice que durante el descanso en las jornadas continuas el trabajador está a la orden del empleador y no puede retirarse del establecimiento donde trabaja si no es autorizado, violentando normativas, doctrina, jurisprudencia y prácticas laborales unánimemente admitidas hasta ahora.
No para ahí la cosa. También se nos dice, en forma totalmente burda y grosera, que por necesidades circunstanciales de atención al servicio o de la actividad, el descanso podrá ser interrumpido, y según la duración de la interrupción, se descontará del descanso al que tiene derecho el trabajador.
Es decir, durante el descanso se está a la orden, no habiendo por lo tanto libre disposición del trabajador de su tiempo para reponer energías.
Si a ello le agregamos que el tiempo de reposo puede ser interumpido por razones circunstanciales de la propia actividad, ¿ en qué queda el derecho al descanso?
Tremendo, grave, este decreto. Se está llegando a la paulatina eliminación normativa del descanso intermedio en la jornada continua.
3.- Bueno es ratificar algunos conceptos que mencionábamos en el artículo del 9/2/00 titulado ¡A DESMANTELAR, A DESMANTELAR¡
Decíamos que el economista neoliberal Gustavo Licandro había expresado que desde 1990, fecha en la cual el gobierno se había retirado de las negociaciones, nada se había hecho en materia de flexibilización de las normas laborales. Agregábamos que este notorio técnico del «establishment» económico financiero, o tenía mala memoria, era distraído, o como decía mi tía vieja «hacete el bobo que la vas a pasar mejor»
Ejemplificábamos, desmintiendo a Licandro, con lo que había pasado en nuestro país desde esa fecha, flexibilizando o desregulando las normas de trabajo: la reducción de la prescripción de créditos laborales a dos años en el año 1998, que constituyó el más descarado blanqueo de deudas e incitación al incumplimiento de la normativa laboral; la posibilidad de transformación de los trabajadores en empresas unipersonales en 1995, con la consiguiente pérdida de la totalidad de los derechos laborales y de seguridad social; la introducción en 1995 de sociedades anónimas tristemente conocidas como AFAPs, a las que se les permite jugar a la ruleta rusa del mercado, sin control, con el ahorro de los futuros jubilados; la ley de pasantías laborales, recién salida del horno, el 23/12/99, que deja al margen de la seguridad social a los pasantes y abarata los salarios de la mano de obra nacional.
Ahora tenemos estos decretazos, ilegales, desreguladores de las normas laborales. Tremendo.
Hace una semana en un artículo titulado «ACERCA DE DISCRECIONALIDADES E ILEGALIDADES» hacíamos referencia a las políticas de los poderes ejecutivos, actuales y pasados, los que a través de excesos discrecionales y de decretos ilegales, estaban llevando adelante una verdadera demolición social. Agregábamos que no era bueno que el país se acostumbrara a ello, y que permanecer indiferentes ante hechos de tamaña gravedad, no era ético.
Transcurrieron apenas 7 días, y otra vez hay que salirle al cruce a decretazos del Poder Ejecutivo, que siguen esa línea desmanteladora. Ahora la han emprendido contra el derecho al descanso.
El 2/1/00 decíamos que costaba pensar que, en los albores del nuevo siglo y milenio, con la impresionante introducción de tecnologías liberadoras del hombre, siguieran existiendo situaciones que nos remontaban a «Los Miserables» de Víctor Hugo, a las novelas de Charles Dickens o de Emile Zola, o a las viejas luchas sindicales de fines de siglo pasado en nuestro país.
Estos nuevos decretazos confirman la vigencia de aquella afirmación, como así también de la frase en la que el doctor Américo Plá Rodríguez nos decía: «Hay que reconocer que cada norma laboral constituye una rigidez, un obstáculo, un impedimento para tratar al trabajo como una mercancía sujeta a las leyes del mercado.»
Y no como debe ser: un DERECHO HUMANO, agregamos.
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