Razones para anular la impunidad
Más allá de los datos que proporcionan las encuestas acerca de la intención de voto para las elecciones nacionales, independientemente del alto porcentaje de indecisos, del estancamiento del Frente y de la caída del Partido Nacional, hay un dato preocupante: los uruguayos decididos a anular la Ley de Caducidad se encuentran en minoría. No ocurre así con la propuesta de enmienda constitucional para posibilitar el voto desde el exterior, que recoge la adhesión de una holgada mayoría.
Cuesta creer que transcurridos veinte años de una ratificación plebiscitaria (producto del temor instalado por la clase gobernante y por las amenazas de desacato militar provenientes directamente de las Fuerzas Armadas), luego de tanto tiempo de frustraciones en lo que tiene que ver con una aplicación justa o ajustada a derecho de la ley de impunidad, y cuando la sumisión de las Fuerzas Armadas al poder civil ya nadie puede cuestionarla, la posibilidad de anular esa norma no cuente con una mayoría aplastante. Por si esto fuera poco, hay una figura relevante nada menos que uno de los hijos del último caudillo nacionalista que en su momento levantó la mano para aprobar la ley en el Senado, y que hoy ha proclamado su decisión de votar a favor de la anulación de la Ley de Caducidad, sin contar con los blancos de ley que en su momento la rechazaron con el coraje suficiente para desobedecer el mandato partidario.
Cierto es que han aparecido algunas opiniones de juristas que expresan su escepticismo en cuanto a la factibilidad de la anulación. Sostienen, por ejemplo, que nuestro sistema institucional no prevé el mecanismo de la anulación y sí el de la derogación; entienden que, al anularse la ley, también serían nulos los autos de procesamiento ya dictados por la Justicia ordinaria merced a los cuales se hallan en prisión Gavazzo y otras connotadas figuras emblemáticas del terrorismo de Estado.
Llama la atención tanto apego a ciertas sutilezas jurídicas, a matices legales, siendo que nunca pareció rechinarles la grosera inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad que violenta escandalosamente el principio de la separación de los Poderes del Estado. Que se haya dispuesto que sea el Poder Ejecutivo quien determine si una denuncia penal puede o no ser investigada por magistrados dependientes del Poder Judicial es algo inaudito, desde el momento que otorga al Ejecutivo una potestad jurisdiccional que sólo compete al Poder Judicial. Olvidan, por otra parte, que los procesamientos de los centuriones no lo fueron en aplicación de la Ley de Caducidad sino en aplicación de disposiciones claras de la legislación penal.
Tal vez la anulación de la impunidad no permita avanzar mucho más en el conocimiento de la verdad; y quizás se produzca una avalancha de denuncias que pueden desbordar la capacidad operativa del Poder Judicial. Pero tales hipótesis no son válidas para rechazar la anulación de la norma. En primer lugar, es innegable que se podrá investigar con mucha mayor facilidad lo ocurrido con los desaparecidos; y en cuanto al supuesto caos que se produciría por las demandas y denuncias por violaciones a los derechos humanos, eso es perfectamente solucionable mediante la creación de juzgados especializados como se ha hecho con los casos que involucran al crimen organizado.
Pero más allá de todo esto, hay una cuestión de dignidad. Los uruguayos tenemos el deber de eliminar de nuestro sistema legal una mancha, una mácula oprobiosa que nos avergüenza a todos y que nos ha hecho acreedores a la condena de organismos internacionales de defensa de los derechos humanos.
Se trata, por tanto, de terminar con una ley ominosa que impidió la actuación de la Justicia durante más de veinte años, y que nos permitirá redimirnos ante la comunidad internacional pero, sobre todo, ante nosotros mismos.
Compartí tu opinión con toda la comunidad