Educación Pública: participación y conducción democrática

Para comprender la magnitud de los cambios en la conducción de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) es necesario recordar algunos hechos del pasado. Al asumir el gobierno frenteamplista en el año 2005 la Administración Nacional de Educación Pública presentaba una complejísima situación. Las reformas neoliberales iniciadas en los años 90 habían sido implementadas en la ANEP, al igual que en toda América Latina, mediante Unidades Ejecutoras ajenas a lo establecido por la ley orgánica, con programas (Menfod, Mecaep, etc.) que manejaban dineros públicos y dirigían el sistema educativo en forma paralela a las naturales autoridades de la educación. En Educación Secundaria y en Educación Técnico Profesional los planes y programas eran diseñados por expertos contratados directamente por el Banco Interamericano de Desarrollo. Esos funcionarios ocupaban un espacio estratégico en el diseño de las políticas educativas en la medida en que desde sus organismos se construyó el proyecto educativo neoliberal. La situación revestía el carácter de muy grave, ya que no sólo atentaba contra la autonomía del sistema educativo sino que también lo hacía contra la soberanía del país.

La participación de los colectivos docentes en la elaboración de estos planes era nula, y la confrontación de las autoridades de la enseñanza con docentes y estudiantes era una constante. La ANEP se caracterizaba por la instalación de un modelo de organización gerencial del Codicen, y además se asignaban -mediante la modalidad de contratos de obra- cargos docentes y no docentes, procediéndose a la designación directa en atención casi exclusiva a filiaciones políticas o a vínculos de afinidad o de parentesco. Se eludía así el precepto legal de la obligatoriedad del concurso para la provisión de los cargos. Como agravante, las correspondientes retribuciones ­inicialmente en dólares­ superaban en forma desmedida a las de los funcionarios presupuestados cuyas retribuciones se encontraban muy deprimidas.

Por otra parte el relacionamiento con los estudiantes también era de tensión, un conjunto de normas de carácter represivo regulaban la convivencia en los centros educativos, entre ellas el acta 14, que comenzó a aplicarse a partir de 1996, en la cual se explicitaban un sinnúmero de obligaciones a ser cumplidas por los estudiantes, quitándosele prácticamente todos sus derechos, entre ellos el recorte al derecho de organizarse y agremiarse libremente.

En atención al anterior panorama, las nuevas autoridades de la educación tomaron dos definiciones estratégicas que marcarían las políticas educativas para el quinquenio. La primera de ellas consistió en devolver la conducción del sistema a sus autoridades naturales, subordinando al Consejo Directivo Central los programas financiados internacionalmente, además de reorientar sus actividades poniéndolas al servicio del proyecto educativo nacional. Esto implicó que las políticas educativas se resolvieran a través de dicho órgano de conducción, rechazándose todo condicionamiento externo.

Y la segunda definición estratégica propuesta, significó redimensionar el concepto de participación en el sistema educativo público. La participación es un principio fundamental de la educación democrática, y debe plasmarse mediante la incorporación activa de representantes de la comunidad educativa a las instancias de planificación, toma de decisiones, y control de la gestión.

En consecuencia, en la actualidad planes y programas son elaborados en forma democrática y participativa, reservándose a las Asambleas Técnico Docentes una participación activa.

En lo que refiere al relacionamiento con los sindicatos, se instauró un clima de diálogo, maduro y respetuoso, en el que cada parte defiende sus posiciones y principios, sin autoritarismos ni confrontaciones irrespetuosas. El 20 de julio de 2005, el Consejo Directivo Central de la ANEP, en acuerdo con delegados sindicales designados por el PIT-CNT, emitió una declaración de reconocimiento del fuero sindical, que reconoce explícitamente las disposiciones legales que amparan los derechos de los trabajadores de la educación a la sindicalización y al desarrollo de actividades gremiales. Esta normativa refiere también a disposiciones sobre el diálogo y la negociación como herramientas válidas para acordar soluciones consensuadas o eventuales reclamos.

Por otra parte se creó una comisión bipartita ANEP­CSEU (Coordinadora de Sindicatos de la Enseñanza del Uruguay), en la que se alcanzaron y alcanzan importantes acuerdos en la asignación de partidas presupuestarias, creaciones de cargos, fuero y licencia sindical, provisión de cargos por concurso, reestructuras escalafonarias, abonos docentes, licencias para suplentes, y creación de una comisión técnica de seguimiento presupuestal, entre otros.

Con respecto a los estudiantes, se procedió a derogar las disposiciones represivas que regulaban la convivencia de los estudiantes de Educación Media y Formación Docente en el seno de los centros educativos. Dichas disposiciones fueron sustituidas por el Estatuto del Estudiante de Educación Media, que estableció con claridad los deberes y los derechos de los estudiantes. Este estatuto impulsó la creación de Consejos Asesores Pedagógicos (CAP) en cada centro, formado por dos docentes electos por la dirección liceal, un docente electo por sus pares y uno electo por los estudiantes. Su implementación favoreció el mejoramiento del clima en todos los establecimientos del país, y bajó considerablemente la pérdida de horas de clase por conflictos de estudiantes vinculados al reclamo por participación.

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