Ley de Caducidad: conteo final

Para hablar en términos boxísticos hoy en boga diremos que asistimos al último conteo de protección, seguramente antesala de ver caer y quedar fuera de combate por nocaut a la Ley 15.848 de la Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado hacia militares y policías delincuentes de la dictadura. El propio destino asesta los golpes restableciendo paulatinamente el equilibrio natural de las cosas, la Justicia con mayúscula encausa los hechos, por más mantos de olvido que autores y cómplices quieran imponer. Llegados son los tiempos.

Algo similar pasó con las leyes de punto final y obediencia debida en la Argentina, que fueron consideradas nulas por el Congreso Nacional en el 2003 y finalmente declaradas nulas por la Corte Suprema de Justicia, por ser inconstitucionales en junio del 2005.

Sin embargo, la vida no es un juego de destrezas físicas donde actuamos enfrentados unos contra otros, aunque en ocasiones lo parezca. La comunidad es una forma antropológica inherente al ser humano, salvo excepciones, y para que funcione sin fisuras debe ser capaz de garantizar igualdad de derechos y oportunidades sin opresiones de clases o autoridades, sin jerarquías ni privilegios a la hora de comparecer ante los poderes estatales necesarios para la convivencia.

Uruguay se encuentra recuperándose de la enfermedad social que supuso el régimen de facto cívico militar. Hemos evolucionado incluso logrando tener legislación local específica que acompasa normas internacionales tipificando crímenes de lesa humanidad, evidenciando la flagrante y suprema ilegalidad de la ley de caducidad que votaron algunos legisladores a espaldas de la gente hace dos décadas para dar tranquilidad a los culpables de violaciones a los derechos humanos durante «el proceso». Ahora el debate se reinstaló de forma impensada en el mismísimo recinto parlamentario más de 22 años después. Uno de los embates más fuertes contra la controvertida ley fue el propinado el pasado 25 de febrero en histórica sesión cuando el Poder Legislativo, reunido en Asamblea General, emitió una resolución que afirmó la inconstitucionalidad de la tal caducidad. Más allá de formas jurídicas y legitimaciones, el Parlamento tenía la obligación moral de pronunciarse en representación de la dignidad de la población.

El abstracto tanto como esencial discurso sobre valores en democracia es fundamental y debe transversalizar las distintas polémicas como paliar los efectos de la sequía, las exportaciones, el PBI, o la distribución de la riqueza en clave de impuestos a aplicar en la República Oriental del Uruguay. Es mentira que se busca rédito político soslayando otras discusiones. ¿A quién puede parecer menor el tema de los Derechos Humanos?

Quienes reclaman memoria y restitución de derechos pisoteados no son agitadores profesionales, sino compatriotas sufrientes de dolores inenarrables provocados por un terrorismo de Estado que aún hiere por sus consecuencias a toda la sociedad en sus sentimientos más delicados. Los presos y martirizados injustamente por sus ideales, la muerte por torturas, la desaparición de personas, el robo y saqueo de bienes, los niños secuestrados nunca devueltos, no son guión de una película de horror, sino lacerante vivencia lastimando actualmente como nación soberana que queremos volver a ser. Muchas cosas han cambiado desde aquel aciago diciembre de 1986 en el que la decepción, la angustia y la impotencia rondaban el Palacio Legislativo ante los hechos de traición consumados formalmente por aquellos que se suponía representaban a la ciudadanía y habían votado a favor de la impunidad.

Por suerte avanzamos para bien por encima de intereses espurios, privilegio al cual no debemos jamás renunciar, esto para los que encasillan las decisiones cuando les conviene. Con ese criterio no deberíamos nunca votar nuevas autoridades, no se modificarían leyes de ninguna clase ni se reformarían las constituciones por más perimidas que estuvieran sus normativas o desajustadas de la realidad. Es el pueblo el que decide en última instancia. El respeto al estado de derecho, argumento usado para defender lo indefendible, supone atender la voluntad de cambio proveniente de las masas en relación a cualquier tema y con excelencia al que aquí nos trae, tan sensible.

En definitiva ¿a qué y a quiénes defienden los que buscan mantener en pie la Ley de Caducidad? Frente a eso, una nación en carne viva lucha por recuperar sus más sagrados valores democráticos entre los cuales la Justicia es primario. Se separan cada vez más las aguas y quedan pocos días para firmar y así lograr el plebiscito que posibilite la anulación que determinará que de dicha ignominiosa ley no queden rastros cuando la gente decida, esta vez sin presiones, haciendo uso del beneficio de poder manifestarse libremente. Son otras las circunstancias en medio de las cuales se busca decidir en relación al pasado reciente que de ninguna manera puede ser olvidado a menos que se desee favorecer a los responsables de homicidios políticos. Ahora hay que firmar y luego hay que votar para anular. El Gobierno de cambio ha hecho mucho por la verdad, ahora el pueblo debe expresarse y brindar herramientas al Estado y a sus organismos para abrirse paso hacia todos iguales ante la ley como nunca debió dejar de ser.

«En Derecho Internacional y en la jurisprudencia comparada, las leyes que impiden el juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad desde el punto de vista jurídico deben ser consideradas nulas, inexistentes; y, por lo tanto, deben ser también removidas de los ordenamientos jurídicos por cuanto violan normas inderogables de Derecho Internacional de los Derechos Humanos». Doctora Jacinta Balbela.

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