Una resolución y un precedente impactantes

Genocida de la ESMA será juzgado en Espana

La prensa argentina comienza a elaborar sus conclusiones acerca de la trascendente decisión del juez mexicano Jesús Guadalupe Luna de conceder la extradición del ex capitán de Corbeta que operaba en la Escuela de Mecánica de la Armada Ricardo Cavallo, solicitada por el magistrado espanol Baltazar Garzón.

Lo mismo ocurre con órganos de opinión de México, Espana y buena parte de los países de América latina, con la excepción de Uruguay, donde salvo para LA REPUBLICA, el asunto no ha sido considerado de interés.

El asunto tiene, no obstante, una gran importancia. Y no sólo para los tres países directamente involucrados.

México, que detuvo a Ricardo Cavallo y ahora concedería la extradición, Espana que lo reclama en función del principio de extraterritorialidad de las leyes que castigan a los crímenes contra la humanidad, y Argentina, el país donde fueron cometidas las atrocidades por las que se lo acusa y que Cavallo buscaba como refugio cuando fue detenido.

El proceso de desenmascaramiento del criminal argentino reclamado en la causa elaborada en Madrid por Baltazar Garzón es por demás ilustrativo.

Inicialmente desde el diario mejicano La Reforma, sobre la base de testimonios aportados por sobrevivientes de la ESMA, se lanzó la denuncia de la permanencia en México del ex represor, integrante de un grupo de tareas responsable de centenares de desapariciones.

Cavallo intentó huir… a la Argentina.

A partir de ese momento se pusieron en marcha diversos mecanismos destinados a mantener la impunidad que hasta ahora ha amparado a Cavallo y los demás genocidas del Estado terrorista argentino.

Desde Buenos Aires, la primera actitud del gobierno fue, sin aparecer demasiado expuesto, lograr la repatriación del ex militar. Para eso se intentó dar consistencia a una acusación por un delito menor (apropiación de bienes de detenidos-desaparecidos) que permitiera el regreso de Cavallo a la Argentina, donde luego sería liberado por la debilidad de las pruebas aportadas.

La certera y oportuna denuncia de esta maniobra le restó toda influencia ante la magistratura mexicana, que tenía la última palabra en la sentencia de extradición.

En ese escenario los abogados de Cavallo exhibieron como argumento central de su alegato «una copia certificada de las leyes de punto final y obediencia debida… se estaban acogiendo a los beneficios de esas leyes y consideraban que era el gobierno de Argentina y no el de Espana el que debía juzgar al senor Cavallo», comenta ahora el juez Guadalupe Luna.

Y agrega este pensamiento tan sencillo como eficaz: «de acuerdo con los tratados multilaterales –en especial los tratados sobre genocidio, tortura y terrorismo– esos delitos, considerados por el derecho internacional como crímenes de lesa humanidad, no pueden quedar impunes».

Y agrega finalmente: «La defensa del senor Cavallo argumenta que se acogen a las leyes de la Argentina, país donde debe ser juzgado. Pero yo considero que no, porque la Argentina, que ha suscrito la convención, no la estaba respetando. Es por eso que procede que un tercer Estado lo juzgue».

La nota del diario Clarín de Buenas Aires en su edición de ayer, de donde ha sido tomada esta referencia, concluye diciendo: (Jesús Guadalupe Luna) «está seguro de que su fallo del viernes último ha sentado un precedente internacional, ya que el ex dictador chileno Augusto Pinochet fue devuelto a su país natal por razones de salud y Londres no concedió la extradición que pedía el juez Garzón».

Nuestro interés por estas peripecias jurídicas de argentinos presos en México y entregados a Espana se refuerza por el hecho de que Uruguay tampoco está cumpliendo con las convenciones y compromisos contraídos ante la comunidad internacional en materia de defensa de los derechos humanos e imprescriptibilidad de los delitos contra la humanidad.

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