Finalmente, y tal como estaba previsto, la Asamblea General aprobó por unanimidad el proyecto de ley sobre procedimiento policial.
Merced a un auspicioso acuerdo interpartidario, los policías –esos sacrificados ciudadanos muchas veces blanco de las críticas de la sociedad– dispondrán de una herramienta valiosísima para desarrollar su arriesgada tarea. Se cumple, así, una vieja aspiración de la Policía, que ha venido reclamando reglas claras para poder actuar dentro de un marco legal preciso que proteja a los agentes y a la vez les señale los límites de su actuación.
Como señalamos en nuestro editorial del pasado domingo, esta ley nace bajo el signo auspicioso de un acuerdo interpartidario que dota a la norma de una especial legitimidad por ser el resultado de la voluntad de todo el espectro político uruguayo; para ello hubo que ceder y transar, pero eso no es óbice para celebrar la aprobación de esta ley. Pero más allá de esta particularidad, a la cual nos referimos en el editorial mencionado, debemos saludar la aprobación de esta ley por cuanto es la respuesta en bloque del sistema político no sólo a las aspiraciones policiales sino, también, al reclamo de la sociedad toda, aquejada del síndrome de la inseguridad.
En el país no existía un marco normativo consolidado que definiera con claridad los instrumentos y herramientas jurídicas en forma precisa para el cumplimiento cabal de los cometidos de la Policía; esta laguna permitía, pues, que se actuara con una excesiva discrecionalidad. Como se expresa en uno de los informes parlamentarios, la ley aprobada “pretende atender y corregir la dispersión de las normas en diferentes instrumentos jurídicos existentes y la falta de regulación en cuanto a la modalidad en que se ejerce la autoridad policial”.
La necesidad de contar con un cuerpo normativo como el que acaba de aprobar el Parlamento viene planteándose desde hace ya un buen tiempo. Innumerables (e interminables) discursos, debates, iniciativas y sugerencias, ardorosas polémicas pautaron la preocupación del sistema político por hallar una solución al problema, un problema con tres puntas que puede sintetizarse de la manera siguiente. Por un lado, tenemos a la Policía que requería el marco normativo para saber a qué atenerse cada vez que los agentes deben actuar; por otro lado, las denuncias ya tradicionales de organismos defensores de los derechos humanos contra los abusos, desbordes y brutalidad de la Policía en su actividad represiva; y finalmente, el reclamo cada vez más acuciante de la población que se siente indefensa ante la inseguridad pública.
Pero por más que el problema planteado en estos términos venga de larga data, el sistema político no había encontrado aún una respuesta adecuada al mismo. Las posturas tradicionalmente enfrentadas entre partidarios de mayor rigor punitivo y partidarios de soluciones garantistas trabaron la búsqueda de soluciones pero finalmente encontraron puntos de coincidencia. Y fue así que ambas partes fueron acercándose hasta llegar al famoso acuerdo.
Se trata de un cuerpo normativo denso y abarcativo. En 170 artículos, el sistema político ha plasmado su voluntad de precisar, de manera minuciosa, las características de la acción policial, las condiciones en que deben actuar los agentes del orden y el respeto estricto de los derechos humanos de los habitantes del país. Define con claridad en qué consisten las distintas fases del accionar de la Policía: la observación o vigilancia, la prevención, la disuasión y la represión, y prevé cada una de las situaciones que han sido objeto de controversia e indica claramente cuál es el accionar correcto en cada caso.
En fin, saludamos esta nueva ley. Porque viene a resolver un viejo problema y a llenar un vacío legal; y también por haber sido el resultado de un acuerdo nacional en el que se dejaron de lado intereses personales y partidarios en aras del bien superior del país.
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