Esta vez nos escucharon
En mas de una asamblea, cuando vamos a explicar el impacto del nuevo sistema tributario, hemos recibido distintos planteos de compañeros de distintos gremios.
En particular, en lo que refiere al IRPF, se planteaba que partidas acordadas por convenios colectivos de la rama o algunos de empresa que tenían carácter absolutamente temporal, transitorios, puntuales se tuvieran en cuenta para ver el monto imponible y liquidar el impuesto.
Algunos ejemplos: en el sindicato metalúrgico nos planteaban algunos como la canasta de fin de año o expensas que les daban las empresas cuando fallecía un familiar iban a ser gravadas con el IRPF, los compañeros de la construcción planteaban su preocupación porque el Fondo Social antes de empezar las clases les otorga túnicas y útiles escolares y esto podría estar considerándose salario a los efectos de pagar este impuesto. Estos y otros ejemplos llevaron a plantear en el Directorio del BPS por parte del representante de los trabajadores dicha problemática, ese planteo fue recogido, no sólo llevado a la comisión interinstitucional que analiza la implementación de la ley, sino además, los servicios se pusieron a trabajar en el análisis del tema. Esto destaca la importancia de la participación en la gestión del BPS de la Representación de los Trabajadores, poder ser caja de resonancia de las preocupaciones de los trabajadores y la gente en general y poder darles respuesta.
Junto con esto el PIT-CNT cuando evalúa la ley, que rige el nuevo sistema tributario, hace un análisis serio, maduro, de las diferencias que hay entre el viejo sistema tributario y el nuevo, pero a la vez, como debe ser, hace sus observaciones, sus críticas, y como lo recoge la propia resolución de la M Representativa del 20 de agosto, habla de seguir avanzando hacia un sistema tributario con equidad y donde se cumpla esa consigna de «que pague más el que tiene más».
El Poder Ejecutivo el pasado lunes 27 de agosto emite un decreto que creemos es una señal que hay que saludar, en el camino a ese cambio planteado. La resolución que define que no serán gravados para el IRPF ni la prima por matrimonio ni por nacimiento de hijos, partidas por expensas fúnebres, canastas dadas en especies, túnicas, útiles escolares, etc., Tampoco estarán gravadas las partidas para cursos de capacitación, incluidos los cursos de nivel terciarios, posgrados y doctorados.
Consideramos que es justo que se haya tomado esta decisión y que hay que seguir en el camino de simplificar dicho sistema y analizar, para que en el plazo más breve posible con la reducción del IVA como primera medida que efectivice una mayor y justa redistribución de la riqueza, que tienda a que el sistema tributario tenga mayor peso sobre los impuestos directos que gravan la renta de capital e ingresos y disminuya los impuestos indirectos que gravan el consumo. *
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