Una Ley desprolija

Escrito por: MILTON FERREIRA - Preso político - exiliado

Martes 28 de agosto de 2007 | 5:59
  • Imprimir
  • Envíar por e-mail

Las leyes tienen esa virtud, la de trasmitir a través de un texto y de su articulado, la voluntad de quienes han dejado su tiempo, horas de trabajo, de diálogo, de consultas, de asesoramiento, para poder plasmar en blanco y negro las motivaciones de quienes, reclamantes, solicitantes, se verán beneficiados, amparados, protegidos cuando las mismas tengan los alcances que se pretenden, en este caso los luchadores sociales.

Por eso estas leyes, fruto de tanto empeño, vienen acompañadas de las aspiraciones generales que las impulsan y se manifiestan en la exposición de motivos.

Es así que decimos que de ninguna manera se puede aceptar que en la misma ley la exposición de motivos y su articulado no se expresen en forma coherente, hecho que sucede en este caso y que vemos con gran preocupación.

Y también pueden ser leyes con las cuales no esté de acuerdo la gente, el pueblo, la ciudadanía, que no participa generalmente de las decisiones y determinaciones finales, y sólo lo hace una vez cada tantos años, salvo alguna fórmula concluyente y determinante como los plebiscitos.

La Ley Nº 18.033 tiene eso, es desprolija. Trata con la altura que se merece el tema de que se trata en su exposición de motivos, y también en la votación de la misma, se pudo apreciar estilo, altura y apoyo de quienes no estuvieron totalmente de acuerdo con su contenido o en la redacción final de su texto.

Pero dicha ley es desprolija porque su contenido, que debe tratar y establecer criterios para todos los solicitantes, no convalida lo expresado en la exposición de motivos, aunque deja las puertas abiertas para tratarla al cabo de un año de implementación. Y eso es muy importante, pero ocurre que nos estamos yendo de a uno y no podemos esperar tanto.

Queremos creer que en esta ley cuando se dejan criterios sin definir claramente es porque se da por sentado que la redacción de la misma se ajusta a lo deseado y expresado en la exposición de motivos, y que aparece como de fácil interpretación.

Es entonces que vemos el alcance de una desprolijidad. La ley de marras tiene en su texto varios puntos importantes que se separan y se contradicen claramente con la exposición de motivos.

1) los solicitantes, que estuvieron años en prisión, y que están explícitamente eliminados, donde están los sumergidos, funcionarios públicos, maestros y profesores de muy bajo salario, gente que queda muy por debajo de los alcances de esta ley y que no puede aspirar a ser equiparada.

2) las viudas/os con su esperanza de llegar a un 100% de la pensión del titular tronchada por el art. 67 de la Constitución expresamente planteado y ratificado por el Poder Ejecutivo en su momento.

3) la incompatibilidad de una jubilación o pensión propuesta y promulgada en esta Ley que impide su acumulación hasta el tope de nuestra seguridad social, que tendría que ser aceptado para todos por igual hasta que se eliminen dichos topes.

4) los puntos que fueron dejados sin una definición precisa que evite malas interpretaciones, entre ellos quienes fueron perjudicados por el decreto de la dictadura Nº 518 del año 1973 (expulsión de los lugares de trabajo sin motivos).

5) los procesados y presos detenidos antes de 1973, que sufrieron de la existencia del Escuadrón de la Muerte, de las medidas prontas de seguridad y del terrorismo de Estado.

6) establecer claramente a partir de qué fecha se fija el criterio del promedio anual de las 15 BPC para obtener el derecho de amparo: creemos que la fecha debe ser la de la promulgación de la ley, 13 de octubre de 2006, y que no haya un conteo retroactivo a octubre de 2005.

A estos elementos se agrega el nombramiento de los miembros de la comisión que tiene el cometido de llevarla adelante: nos encontramos entonces con una comisión profesional, funcionarios de carrera, abogados capaces en su profesión y gente idónea en temas contables.

Nos atrevemos a manifestar que a esta comisión, mas técnica de lo necesario, le falta conocimiento sobre derechos humanos, y una dedicación mayor de acuerdo a este tema tan sentido, o simplemente solvencia para tratar casos que no tienen nada que ver o muy poco con su carrera administrativa, y que se salen del formato comúnmente acostumbrado.

Se está hablando de luchadores sociales que solicitan amparo del Estado a causa de los crímenes de lesa humanidad practicados por la dictadura, que no creemos conveniente enumerar aquí. Se trata de amparar a mujeres y hombres que han sufrido en todos los órdenes de la vida, y todos los días se suman nuevas pruebas sobre los crímenes cometidos, ya basta, de los que tomamos conocimiento con vergüenza.

Y en este tema, quiérase o no, los delegados de los luchadores sociales, en minoría, si bien son parte de la comisión, son los defensores de todos los compañeros, de ahí nos guste o no nos guste son tres de la mayoría y el dos de la minoría.

Tomadas en conjunto las realidades arriba mencionadas, nos encontramos con una cantidad aproximada a 8.000 solicitudes de amparo que pueden ser legítimas o no. En realidad la esperanza de mejorar siempre es legítima, de las cuales se han tratado en ocho meses 2.200 casos ya que no tenemos las cifras al momento. No sabemos cuántos son los que han sido observados, rechazados, desestimados, ni siquiera sabemos los motivos.

Siempre nos podemos equivocar, la comisión se equivoca, los delegados también, tenemos diferentes bibliotecas y nadie puede tirar la primera piedra y decir yo no me equivoqué. La comisión debe consultar al gobierno, y los delegados, en casos como los señalados, por supuesto a su asamblea general, como corresponde.

Modestamente estamos defendiendo, a nuestra manera, lo que ya fue tratado y denegado en comisión. Y mientras no se aclare, consideramos que tenemos el derecho de defender nuestras posiciones.

Estos temas dan para mucho más, porque son muchos los que están esperando y se están muriendo. No estamos agregando nada a la ley, simplemente queremos que la misma se interprete correctamente. *

  • Imprimir
  • Envíar por e-mail

OTRAS NOTICIAS EN LARED21

    Comentarios


    Sabado 11 de Febrero, 2012
    Montevideo, UY
    Parcialmente nublado, 24 °C