El sistema político

Simón Bolívar llegó a decir que «a la luz de la verdad y del tiempo nada se esconde, el mérito brilla y la maldad se descubre».

De nuestro país se dicen muchas cosas y en particular sobre el proceso de cambios que tienen lugar en Venezuela hay comentarios bien disímiles en distintos espacios del mundo, incluso se llega a realizar afirmaciones bien temerarias y algunas reñidas con la ética y la verdad. En todo caso, el tiempo se encargará de desmontar muchas de estas falsedades y al final brillará la verdad.

En el sistema político venezolano, desde 1999, se comenzó un proceso de reformas políticas e institucionales con el propósito de extender el alcance y la intensidad de las prácticas democráticas al interior del Estado y la sociedad venezolana.

Dichas reformas implicaron la redacción de una nueva constitución que amplía y profundiza los derechos de los ciudadanos y actualiza sus contenidos, poniendo énfasis especialmente en crear las condiciones necesarias para incluir amplios sectores de la población que fueron históricamente excluidos del disfrute de los derechos y servicios esenciales.

El Estado venezolano se define ahora «como democrático y social de Derecho y Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político» (Art. 2 de la Constitución).

Por su parte, los artículos 5 y 6 introducen la noción de democracia participativa y el mecanismo de democracia directa, así como otros medios de participación política, tanto en el capítulo IV referente a los Derechos Políticos y al Referendo Popular, como en todo su entramado normativo.

La misma Constitución, aprobada en referendo popular el 15 de diciembre de 1999, establece la figura del referendo consultivo para «materias de especial trascendencia nacional» (Art. 71), le da al pueblo la posibilidad de revocar todo cargo a la magistratura de elección popular, al cumplirse la mitad del período para la cual fue elegido/a el funcionario/a (Art. 72). También existe la figura del referendo aprobatorio para «proyectos de leyes en discusión por la Asamblea Nacional» (Art. 73) y finalmente en el artículo 74 se contempla el referendo para abrogar «total o parcialmente» leyes que fueran solicitadas «por iniciativa de un número no menor del diez por ciento de los electores y electoras»

En esta constitución se establecen dos nuevos poderes. A los clásicos ya conocidos mediante el texto El espíritu de las leyes de Montesquieu: el Poder Ejecutivo, liderado por el Presidente de la República, Hugo Chávez Frías, el Poder Judicial, cuya cabeza es la Corte Suprema de Justicia y el Poder Legislativo, integrado por la Asamblea Nacional, existen ahora dos nuevos poderes, el Poder Ciudadano, integrado por la Defensoría del Pueblo, nueva institución, la Fiscalía General o Ministerio Público y la Contraloría General de la República y el Poder Electoral que, de ser una institución dirigida por los partidos políticos, es actualmente un poder independiente de ellos. Hay que resaltar que al frente de tres de estos cinco poderes se encuentran mujeres.

Además, la Carta Magna establece los derechos de los pueblos indígenas y levanta como una cuestión de importancia extranacional los derechos humanos.

En Venezuela entre 1999 y el año 2006 se han realizado 9 consultas en elecciones populares. En 1999, un referendo para que el pueblo se expresara sobre la elección de una Asamblea Constituyente, luego la elección de la Asamblea Constituyente y un referendo para aprobar la nueva Constitución. En julio del año 2000 se relegitimaron todos los poderes, viejos y nuevos, el 16 de agosto de 2004 se realizó el primer referendo presidencial y el 31 de octubre de ese mismo año se llevaron a cabo los comicios regionales, para la elección de gobernadores y alcaldes. En agosto de 2005 tuvieron lugar las elecciones para los Concejos Municipales y las Juntas Parroquiales de todo el país, y el 4 de diciembre de ese mismo año se realizaron las elecciones para los diputados a la Asamblea Nacional, Parlamento Latinoamericano y Parlamento Andino.

El 3 de diciembre del año 2006 tuvo lugar en nuestro país un nuevo proceso electoral, en este caso para la Presidencia de la República, y una vez más se ratificó el apoyo popular hacia Hugo Chávez Frías con un porcentaje que superó el 63%.

En estos momentos estamos en pleno desarrollo de los Consejos Comunales, los cuales se convertirán en la forma de organización más avanzada que pueden darse los vecinos de una determinada comunidad para asumir el ejercicio real del poder popular, es decir, para poner en práctica las decisiones adoptadas por la comunidad.

Constituye, además, la instancia básica de planificación, donde el pueblo formula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas e incorpora a las diferentes expresiones organizadas de los movimientos populares.

El consejo comunal también es la base sobre la cual se construye la democracia participativa y protagónica que plantea la constitución bolivariana, así como una casa puede derrumbarse fácilmente si su base no es suficientemente fuerte, así también puede ocurrir con la nueva democracia que estamos construyendo: ella sólo será invencible si su base es fuerte y esa base son los consejos comunales.

De esta manera se va produciendo una articulación, una retroalimentación, entre el Estado revolucionario y el pueblo, en lo que el presidente de la República, Hugo Chávez Frías, ha llamado la Nueva Geometría del Poder y en la posibilidad de que las comunidades puedan gobernarse a sí mismas, desterrando los valores del individualismo capitalista y dando paso a los principios colectivos, propios del socialismo.

Hasta el momento se han conformado 18.000, el número estimado para finales de este año son 30.000 y la meta aspirada son 50.000 en todo el país. *

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