Entre el fallo de La Haya y las fallas del gobierno argentino

Nuevamente la Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas en La Haya dará su veredicto en relación a temas incidentales referidos a las plantas de celulosa y el vergonzante conflicto de los dos países rioplatenses. En pocos días más el más alto tribunal del mundo internacional organizado dará a conocer su resolución sobre las medidas cautelares solicitadas por Uruguay en torno a los cortes de ruta, mientras continúa el juicio de fondo promovido por Argentina, sobre la construccion de la planta de pasta de celulosa.

Dentro de pocos días el fallo dirá cuál es su dictamen sobre los cortes de ruta consentidos por omisión por el gobierno argentino, que bloquean el acceso por tierra al Uruguay en plena temporada turística.

Naturalmente que es absolutamente contrario a derecho que un grupo de personas disponga por sí y ante sí cortar el paso de un país a otro, y hacerlo además en forma sostenida durante meses a vista y paciencia de un gobierno que en otros casos y lugares actúa con máxima firmeza.

Sin embargo, en este tema primero alentó y ahora omite actuar como forma de acción por omisión o del apoyo indirecto por relajamiento en el cumplimiento de los deberes esenciales de cualquier gobierno del mundo en un estado de derecho.

Las personas no pueden circular ni tampoco los bienes porque los puentes binacionales están bloqueados a cal y canto por un grupo de personas.

Pero todo esto no es novedad. La pregunta es qué pasará cuando se expida la Corte de La Haya, tanto en este tema incidental del bloqueo como en el de fondo.

Lo que importa saber es si el gobierno argentino acatará la resolución y dispondrá los medios para que el corte de ruta ilegítimo cese de inmediato, y luego, en el problema de fondo, disponga y actúe para que se termine con todo este ominoso tema.

Es una forma de preguntar en definitiva si el gobierno argentino está dispuesto a hacer frente a las personas que cortan las rutas y forzarlas a que liberen el tránsito, más allá de que puedan protestar lícitamente de otros modos en defensa de sus posiciones. Pero también de preguntar cómo actuará para proteger en el futuro la natural acción de la planta cuando en pocos meses más esté en funcionamiento pleno.

Hace muchos meses, lamentablemente acertamos cuando desde estas mismas páginas publicamos nuestra preocupación de que, llegado el pasado mes de octubre, cuando se perfila la temporada turística uruguaya, comenzaran nuevamente los problemas. Deseábamos habernos equivocado. Pero no fue así.

El fallo de La Haya no será una situación jurídicamente nueva para el orden jurídico de Argentina. Su legislación vigente ya establece claramente la ilicitud del bloqueo de rutas. Tanto es así que en el caso de las personas que cruzan por vía fluvial, estas tienen asegurado con la fuerza policial su derecho a cruzar el río rumbo a Uruguay.

En todo caso si la Corte falla en contra de los cortes, será un nuevo elemento que sumado a la legislación interna ya existente, pondrá a los gobernantes de Casa Rosada en la disyuntiva de tener que actuar para que se cumpla con el fallo y con las normas nacionales e internacionales o seguir en ese caso en gravísima y porfiada omisión en el cumplimiento de su deber de gobernar en el marco de la ley en este asunto.

Seguramente la apuesta del gobierno argentino es a que la Corte entienda que el tema del bloqueo de rutas está por fuera del conflicto por la planta de celulosa, y no se expida disponiendo la ilicitud evidente del bloqueo.

El único refugio de salida estará en que la Corte se declare incompetente en considerar el asunto. Porque si es competente, no hay forma de que no disponga la ilicitud del bloqueo.

Ya lo dijimos hace tiempo. Supongamos que un grupo de personas de cualquier país europeo bloquea las rutas de la Unión Europea e impide el paso de un país a otro porque son contrarias a cualquier emprendimiento. Supongamos que además ese corte de ruta ciudadano dura meses y meses y no se acata el pedido por tibio que fuera de que se libere la circulación. ¿Qué se piensa que pasaría en ese caso? La respuesta es obvia. El corte de rutas y puentes internacionales dispuesto y ejecutado por particulares es doblemente ilícito en cualquier parte del mundo. Los habitantes de un país no pueden bloquear lícitamente la circulación hacia otro por puentes o rutas internacionales y no pasar nada.

Veremos qué sucede. Quedan pocos días, pero seguramente que el gobierno argentino sabe que se le acortan los plazos, que su omisión es grave, y que su imagen internacional está sufriendo un profundo y creciente deterioro.

Deberá evaluar qué pesa más, si el internismo electoral de la reelección personal o conyugal en la que está inmerso, o el cumplimiento de la ley y en algún momento el cumplimiento de un fallo de la Corte de Justicia de las Naciones Unidas.

La misma Corte a la que por otra parte fue ese mismo gobierno argentino el que compareció pidiéndole que actuara en este penoso y pastoso tema que nos agobia a todos. *

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