Argentina comienza a cumplir la ley
Un fiscal argentino dispuso se impida que ambientalistas intenten obstaculizar las salidas de los barcos hacia Uruguay, para protestar por la instalación de plantas de celulosa. Este fiscal dijo que se han remitido a Prefectura de la zona del Río de la Plata en Buenos Aires directivas expresas para asegurar la normal salida de los servicios diarios entre Argentina y Uruguay, disponiendo incluso la detención de quienes obstaculicen el ingreso o salida de las personas, o afecten el servicio público de pasajeros.
¡Qué simple, qué ajustado a derecho! Una medida elemental que salvaguarda el derecho humano fundamental al libre tránsito, esta vez asegurado por el Estado de Derecho y sus instituciones. Una medida dictada al mismo tiempo en que, absurdamente, un grupo de personas resuelve bloquear completamente el cruce por los tres puentes sobre el Río Uruguay y el gobierno argentino nada hace por evitarlo, mientras asiste con acciones u omisiones continuas, sostenidas y determinantes, al proceso de bloqueo ilegal de puentes y rutas hacia Uruguay.
Cómo será de inexplicablemente errado el camino transitado en este tema por el gobierno argentino en todo este tiempo, que la actuación de un fiscal haciendo cumplir la ley nos produce una enorme satisfacción. Ante lo resuelto por la Fiscalía argentina asegurando el cruce marítimo entre ambos países, cabe preguntarse: ¿cuál es la diferencia posible de encontrar sin artificiosidades entre cortar el tráfico por un puente internacional, o varios al mismo tiempo como es hoy el caso, y el corte de los circuitos marítimos entre los mismos países? ¿Por qué razón las personas que viajan por los puentes carecen de toda protección jurídica en su derecho humano a transitar, mientras que otro que saca un pasaje y viaja con ese mismo auto en buque está protegido en su derecho como corresponde? No hay diferencia alguna. No puede haberla y no es necesario pensar mucho.
Por el momento corresponde saludar lo dispuesto por el fiscal argentino y felicitarle por el cumplimiento de su deber. Ha hecho una formidable contribución al estado de derecho y a la protección de derechos esenciales de la gente, pero también a salvaguardar la imagen de la Argentina y la región en el mundo. No se trata de impedir la protesta de quienes en el acierto o en el error de su visión se oponen a la construcción de las plantas de celulosa. Ese es otro tema largamente abordado también por nosotros desde estas páginas. Lo que se debe exigir es que este derecho a protestar no perjudique en forma sostenida y contumaz al legítimo derecho de los demás que deben o quieren transitar también por los puentes de un país a otro. Este fallo publicitado del fiscal asegurando el tránsito fluvial es un magnífico principio. A qué punto hemos llegado que saludamos como excepcional el esencial principio del cumplimiento de la ley, elemental condición en cualquier estado de derecho. Esperamos sinceramente que la aplicación de la ley que esta resolución fiscal implica se extienda a todos los escenarios donde se afecta el derecho de la gente a circular.
Mientras esperamos que finalmente se imponga pacíficamente y sin excusas el respeto de la ley y la razón, más que nunca «al gran pueblo argentino… salud». *
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