Los protegidos de Batlle
La impunidad alienta la violación de derechos humanos. «Como señal no es nada gratificante«, reflexionó el fiscal argentino Miguel Osorio ante la reciente negativa del Poder Ejecutivo respecto a su pedido de información.
La sanción penal a los ocho militares uruguayos sospechosos de cometer el delito de desaparición forzada cumpliría «una función preventiva muy importante, que es disuadir a otros habitantes de que no cometan delitos. De esta manera el mensaje del gobierno (uruguayo) es: pueden seguir cometiéndolos, no pasa nada«, dijo el magistrado.
El Poder Ejecutivo desconoció el principio de cooperación judicial internacional (Uruguay y Argentina son partes en varios convenios en la materia), e ignoró –una vez más– las normas de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas. De esta manera ampara a ocho sospechosos de crímenes de lesa humanidad.
A falta de marco jurídico para semejante operación, acudió a la Ley de Caducidad para darle un alcance extraterritorial que, obviamente, no tiene y un efecto prohibitivo o preclusivo que tampoco tiene: la ley de caducidad no impide cooperar judicialmente ni es aplicable a delitos continuados (el delito se está cometiendo hoy y la ley sólo se aplica a delitos cometidos hasta el 1º de marzo de 1985). Precisamente esta noción de «delito continuado» es la que fundamenta el actual proceso a Pinochet y el proceso iniciado en Argentina –que da lugar al pedido del fiscal Osorio– y que queda excluido de la Ley de Punto Final.
En 1995 nuestro país ratificó la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas (a través de la Ley 16.724). Esta norma jurídica reafirmó que «el sentido genuino de la solidaridad americana y de la buena vecindad no puede ser otro que el de consolidar en este Hemisferio, dentro del marco de las instituciones democráticas, un régimen de libertad individual y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre». Por eso obliga al Estado uruguayo a cooperar con otros estados «para contribuir a prevenir, sancionar y erradicar la desaparición forzada de personas» (art. I) y a prestar «cooperación en la búsqueda, identificación, localización y restitución de menores que hubieren sido trasladados a otro Estado o retenidos en éste, como consecuencia de la desaparición forzada de sus padres» (art. XII). Y el artículo V dice claramente: «La desaparición forzada se considerará incluida entre los delitos que dan lugar a extradición …».
El Presidente no ignora estas normas jurídicas. Las incumple.
Es que la operación política en la que está embarcado exige desconocer el estado de derecho. De hecho la propia creación de la Comisión para la Paz supone despreciar el deber jurídico del Estado en relación a la investigación de todas las circunstancias de las desapariciones y de la individualización de los responsables.
Debe reconocerse la habilidad política del Presidente. Ha generado expectativas en la opinión pública que, a la luz del rechazo de la solicitud del fiscal argentino, o de la promoción de un militar acusado de gravísimas violaciones a los derechos humanos, como conjuez militar de la Suprema Corte de Justicia, se presentan como infundadas.
Por otro lado, así como el gobierno de Sanguinetti rechazó la acción de amparo de Tota Quinteros en diciembre de 1999, también Batlle se opuso con los mismos impresentables argumentos. Esta administración, igual que su predecesora, apostó al olvido cuando en mayo de este año, apeló la sentencia de la doctora Jubette reclamando su revocación. La sentencia, que ordena que el Poder Ejecutivo deberá dar «cabal cumplimiento» a la Ley 16.724 e investigar con la finalidad de «determinar las circunstancias de la desaparición de y el paradero de la maestra Elena Quinteros», fue confirmada por un Tribunal de Apelaciones en lo Civil.
La actitud del Gobierno contradice su discurso: mientras en Argentina se procesa a los secuestradores de Simón Riquelo, en Uruguay, porque el «estado del alma» tiene esas cosas, los protege el Presidente.
* Abogado del PIT-CNT
Compartí tu opinión con toda la comunidad