Terminal de contenedores

¿Remate al mejor postor?

Uno de los más importantes puntos de los diversos temas que abarcó la aprobada Ley de Urgente Consideración, fue el artículo por el cual se establece la constitución de una sociedad mixta para la construcción, conservación, administración y explotación de una terminal de contenedores en el puerto de Montevideo.

El puerto de Montevideo necesita de una nueva y más amplia playa de contenedores para aumentar su competitividad en la región, así como también de importantes inversiones en materia de dragado. Muchos años de falta de inversión sumados al creciente volumen de esta modalidad de transporte de mercaderías, llevan a afirmar que la actualización portuaria en este terreno ha adquirido una importancia estratégica. Más aún, se puede sostener que buena parte de las posibilidades de desarrollo con proyección regional que tiene nuestro puerto dependen de la mejora y abaratamiento del servicio prestado a los contenedores.

La inversión necesaria supera hoy –por su monto– las posibilidades de la ANP y es evidente que el gobierno actual, al igual que el anterior, no está dispuesto a recurrir a endeudamiento específico para realizar la obra ni a proseguir luego con la explotación de la terminal por parte del Estado.

Son ampliamente conocidos los resultados que tuvieron los intentos de concesión realizados. Tres licitaciones frustradas por distintas causas bloquearon este proceso. El fantasma de la corrupción tomó cuerpo. El episodio Ovalle no debe olvidarse con el temprano archivo de las actuaciones judiciales, que debieron proseguir y profundizar la indagatoria una vez que se probó la autenticidad de la famosa grabación. El tema de la corrupción ocupó buena parte del debate público; debate que colocó en primer plano e hizo tomar conciencia de la importancia económica del tema a quienes aún no la habían percibido. Por el procedimiento establecido ahora, el gobierno intenta evitar la vía tradicional de la licitación a través de un sistema distinto, que consiste en la creación de una sociedad anónima, una parte de cuyas acciones quedará en poder de la ANP y el resto se subastará al mejor postor.

A pesar de considerar que la creación de una sociedad anónima de economía mixta con participación de la ANP podía constituir en determinadas condiciones una alternativa respecto a los intentos de concesión anteriores, nos opusimos a la norma citada, en consideración a un conjunto de reparos basados en la vaguedad del texto, la falta de precisión y de garantías que el mismo adolecía. En la ocasión, elaboramos un texto alternativo que presentamos en el FA donde se buscaba superar varias de las carencias mencionadas. Allí establecíamos la obligación de que el Estado (a través de la ANP) conservara en su poder como mínimo el 50% del capital accionario, la obligatoriedad de la emisión de acciones nominativas, y la prohibición de su posesión por empresas navieras; también establecíamos topes para el porcentaje que las empresas o grupos económicos podían acumular.

No tuvimos éxito en convencer a nuestros propios compañeros de la conveniencia de esta iniciativa, que abría camino para una asociación entre el Estado y los particulares en un área vital para la economía del país, muy necesitada de inversión y de tecnología, y que planteaba un articulado sustitutivo al de la Ley de Urgencia que podía contar con los apoyos sociales y políticos necesarios para ser aprobados, y por esa vía mantener la explotación de la playa de contenedores con decisiva participación estatal. Se prefirió la oposición cerrada a la búsqueda de una forma razonable de articulación entre lo público y lo privado que, dándole garantías al conjunto de la sociedad, permitiese la modernización y mejora del servicio. El resultado fue que se aprobó tal cual vino el proyecto original, y el Poder Ejecutivo quedó con las manos libres para avanzar en el proceso de concesión por un procedimiento atípico, distinto al de la licitación pública, sin las garantías legales establecidas para ésta.

Recientemente se conoció el proyecto de decreto reglamentario, proyecto que ha agitado intensamente las aguas portuarias, donde entre otras cosas, se reduce la presencia estatal a un testimonial 20%.

Los operadores portuarios nacionales reunidos en el Centro de Navegación, se sienten excluidos por las condiciones que se establecerían para participar en la subasta de acciones; de acuerdo a su punto de vista, las condiciones exigidas los excluyen a priori. Por otro lado, las fuerzas sindicales, con el Suanp jugando un papel protagónico, anuncian la promoción del recurso de referéndum contra varios artículos de la citada ley, incluyendo a los correspondientes a la terminal de contenedores.

Como consecuencia directa de lo denunciado por el Centro de Navegación, la estratégica playa de contenedores pasará a control extranjero. Respecto a la iniciativa de plebiscitar el sustento legal del procedimiento iniciado, de prosperar la misma, obligaría por razones de elemental prudencia, a detener toda actuación hasta el pronunciamiento de la ciudadanía.

Como podemos ver, nuevamente las iniciativas gubernamentales son enfrentadas duramente por los actores sociales y económicos involucrados en la actividad. Persiste en la materia, por parte del gobierno una incapacidad de negociar alternativas viables y convenientes que no generen las resistencias en bloque de los directamente vinculados.

Por otra parte, en todos los actores tanto políticos como sociales, parece primar una visión esquemática, que apuesta al todo o nada, lo que ha impedido hasta ahora una salida negociada, alternativa a la del Poder Ejecutivo, que a la vez que proteja los intereses nacionales, dé cabida al capital privado (en lo posible de origen nacional) en el necesario proceso de modernización y mejora de un servicio vital para la operativa portuaria.

* Senador del EP-FA

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