En los últimos dÃas la acción de la Justicia en varios paÃses de la región (Paraguay, Argentina, Uruguay) ha significado nuevos pasos en el estrechamiento del cerco que se cierne sobre los violadores de los derechos humanos en el perÃodo del Plan Cóndor.
Los avances son lentos. La Justicia actúa con parsimonia. Hay nuevos delitos y nuevos parámetros legales desde donde examinarlos. Normas internacionales de enorme gravitación empiezan a ser ratificadas por los poderes legislativos y la imprescriptibilidad de los delitos se hace realidad.
Uruguay acaba de sancionar la ley que da vigencia en nuestro paÃs a los lineamientos legales contenidos en el Tratado que regula la actuación del Tribunal de Roma. La enorme significación del tratado parece haber amortiguado las crÃticas que en otro momento se hicieron, y sorprendente y felizmente el Estatuto fue aprobado por unanimidad.
En estos dÃas, el prestigioso Equipo Niskor que edita y difunde información bien precisa sobre las actuaciones judiciales en todas partes del mundo en defensa de la vigencia de los derechos humanos, acaba de publicar a través de su revista digital una información que tiene estrecha relación con las actuaciones recientes de nuestro Parlamento y a la que hacÃamos referencia en el parágrafo anterior.
Nos referimos a la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Kolk y Kislyiy versus. Estonia: Imprescriptibilidad de los crÃmenes contra la humanidad y su aplicación retroactiva. En el mismo se da cuenta detallada de los fundamentos sobre los que el Tribunal Europeo dio curso a una demanda por crÃmenes de lesa humanidad cometidos en el año 1949.
En nuestra región del Cono Sur de América, también las decisiones judiciales apuntan en el mismo sentido. Tal como informara LA REPUBLICA en su edición de ayer “la jueza en lo penal de 6º Turno, doctora Fanny Canessa, dio curso a un pedido de extradición sobre el coronel Luis Maurente y el suboficial Ernesto Soca, requeridos por la Justicia Federal argentina en el marco de la causa conocida como “Automotores Orletti”.
Canessa, como primera medida en este proceso, envió un oficio a la jueza en lo Penal de 20º Turno, doctora AÃda Vera Barreto, para notificarse oficialmente sobre la situación de Soca, quien se encuentra en Cárcel Central a la espera de la decisión sobre el otro pedido de extradición. La magistrada cursó también un oficio al juez en lo Penal de 19º, doctor Luis Charles, quien procesó a Maurente -junto a otros militares y policÃas- por su vinculación en la desaparición de Adalberto Soba, ocurrida en Argentina en setiembre de 1976.
Maurente se encuentra procesado por “privación de libertad” y “asociación para delinquir” por dicho caso, y Soca cumple prisión administrativa mientras se define su extradición, pedida por el juez federal argentino Guillermo Montenegro dentro de la causa “Plan Cóndor”.
La extensión del principio de imprescriptibilidad en la judicatura de un número creciente de naciones va estrechando el campo a quienes desde los regÃmenes de terrorismo de Estado, durante la década de los setenta y la primera parte de los ochenta fueron reyes y señores de vidas y haciendas.
El fenómeno al que asistimos en nuestro paÃs es un capÃtulo de una transformación más amplia, un cambio en curso en el mundo entero. Fue necesario que las naciones tomaran conciencia de la naturaleza de los crÃmenes cometidos y los riesgos para la libertad, la dignidad y la integridad fÃsica de los seres humanos el hecho que los responsables de estos crÃmenes se mantengan en la impunidad.
Como aparece reflejado en la sentencia del Tribunal Europeo, las referencias a los elementos conceptuales de los juicios de Nuremberg celebrados inmediatamente después de terminada la segunda guerra mundial muestran la continuidad de una preocupación humanitaria que renacerÃa entre nosotros a medida que se fueron conociendo los crÃmenes de las dictaduras cÃvico militares. *
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