Contra la cultura de la impunidad
Resultan innegables los avances registrados durante los últimos 18 meses en el camino de llegar a la verdad y de aplicar la justicia respecto de las violaciones a los derechos humanos durante los años de plomo.
Por primera vez en veinte años se han hallado restos de detenidos desaparecidos y, algo inimaginable poco tiempo antes de marzo de 2005, hay ocho represores procesados por la Justicia ordinaria. Cierto es que estos hechos –que pueden considerarse históricos– no colman las naturales expectativas de la sociedad ni agotan la lucha por conocer toda la verdad y por que se haga justicia, pero preciso es reconocer que tienen una honda significación.
No obstante, y a pesar de que el gobierno ha reiterado recientemente su negativa a derogar o anular la Ley 15.848, el imperativo moral de continuar la lucha por verdad y justicia se mantiene intacto, y habrá que ingeniárselas para seguir avanzando en esa búsqueda aun con el obstáculo que significa la ley de impunidad.
Para ello, debemos tener presente un concepto que ha venido ganando terreno en el ámbito jurídico: la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad. Los crímenes cometidos al amparo del terrorismo de estado contra seres humanos indefensos «escapan a la erosión del tiempo», para decirlo con palabras de Edmundo Gómez Mango.
El distinguido psiquiatra y pensador uruguayo elabora –a partir del horror del nazismo pero vinculándolo con el horror de las dictaduras de los setenta en el Cono Sur– un alegato ético contra el olvido, la impunidad y el perdón. En su artículo «Lo imprescriptible», recogido en el libro de reciente aparición «La desolación. De la barbarie en la civilización contemporánea», Gómez Mango aborda este delicado asunto haciendo referencia a conceptos del filósofo Vladimir Jankélévitch. «Todos los criterios jurídicos habitualmente aplicables a los crímenes de derecho común no tienen vigencia cuando se trata de crímenes tan extraordinarios como los cometidos por los nazis: por su enormidad, por su increíble, frío y calculado sadismo, y por ser, por sobre todo y en el sentido más propio, crímenes contra la humanidad».
En esa línea, precisamente, se inscribe una decisión del Parlamento francés de 1964, por la cual se declaró que «los crímenes contra la humanidad son imprescriptibles, no pueden ser perdonados». A propósito, bueno es recordar que en 1989 –cuarenta y cinco años después de la caída del régimen de Vichy– René Bousquet, ex jefe de policía de Pétain, fue acusado de crímenes de lesa humanidad y a nadie se le ocurrió argumentar que se trataba de delitos que habían prescripto. También en Francia, y por esa misma época, Maurice Papon, prefecto de Burdeos bajo el régimen de Pétain, fue arrestado y condenado a prisión perpetua, siendo que tras la liberación había sido sometido a juicio y el tribunal no encontró pruebas en su contra; en este caso no sólo no funcionó la prescripción sino que tampoco se apeló al recurso de «cosa juzgada» que habría impedido toda acción punitiva contra el colaboracionista.
«La noción de impunidad –señala Gómez Mango– es contraria a la esencia misma de la ética. Esta se funda sobre un sentimiento de responsabilidad de un sujeto por otro sujeto. El crimen impune y, lo que es aun peor, reconocido como impune por el Estado, es contrario a la posibilidad de una aunténtica amnistía, la que podría surgir de la justicia, del reconocimiento de la falta y de su imputabilidad».
Por eso la amnistía otorgada a los presos políticos en marzo de 1985 no puede en modo alguno equipararse con la impunidad consagrada un año y medio después a los terroristas de estado. La amnistía se otorgó a personas que habían sido juzgadas y que habían cumplido buena parte de su pena, mientras que la impunidad vergonzosa (que se pretende presentar como una amnistía) se concedió sin que ni uno solo de los señalados como responsables de crímenes abyectos hubiera no ya pasado ante un juez sino ni siquiera hubiera reconocido sus delitos. *
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