Correcto funcionamiento del sistema judicial
En los últimos días, han tenido lugar hechos auspiciosos en el ámbito del sistema judicial. Actuaciones y decisiones de sus funcionarios (jueces y fiscales) que han tenido la virtud de hacer recuperar la credibilidad de la sociedad en uno de los pilares fundamentales del Estado.
Cierto es que aún se mantiene una característica especialmente negativa del funcionamiento de nuestra Justicia, cual es la exasperante lentitud del proceso, que conspira seriamente contra los derechos de los ciudadanos. No obstante lo grave de esa realidad, creemos que la situación puede fácilmente corregirse mediante la puesta al día de las normas procesales que permitan eliminar trámites innecesarios, y mediante la incorporación de más funcionarios.
Sin dejar de reconocer que se trata de un problema cuya solución urge, nuestro sistema judicial puede, empero, exhibir orgulloso dos caracerísticas sobresalientes: la idoneidad profesional de sus funcionarios y su proverbial incorruptibilidad. Solvencia funcional y moral son, pues, dos aspectos que caracterizan al sistema judicial uruguayo. La prueba está en que sobran los dedos de una mano para contar los casos de corrupción o los eventuales yerros en que eventualmente han caído algunos magistrados. Y corresponde también destacar que tanto unos como otros son rápidamente detectados y corregidos; unos mediante las sanciones administrativas y penales correspondientes, y otros por medio de las instancias procesales previstas en la legislación.
Como decimos al comienzo, en los últimos días la sociedad ha asistido con beneplácito a resoluciones judiciales acertadas y fundadas, cuya resonancia es imposible negar. Casos que la opinión pública sigue con sumo interés por tratarse de asuntos particularmente sensibles.
Parece obvio señalar que el sometimiento a la Justicia de los ocho terroristas de Estado no sólo ha marcado un hito de enorme trascendencia, sino que, además, mostró un funcionamiento aceitado del sistema judicial que, sin apartarse ni un ápice de las normas, supo desestimar chicanas impresentables y resolver sobre una vieja deuda pendiente con una celeridad infrecuente.
Pero concomitantemente con el procesamiento de los seis militares y los dos policías vinculados a la represión sangrienta de los años de plomo, otros casos que también sensibilizan a la población encontraron fallos judiciales que causaron el beneplácito general de la opinión pública.
Nos referimos al procesamiento de un edil colorado por el delito de «desacato por ofensa» en razón de haber ordenado «pintadas» ofensivas contra el titular de la DGI, en las que, además, se hacía referencia a su credo religioso. Fue una de esas actitudes que generan ipso facto el repudio de toda la sociedad, y ésta vio satisfecho su anhelo punitivo cuando fiscal y juez coincidieron en su percepción jurídica del hecho y el oscuro edil marchó a prisión.
Casi en el mismo momento en que el ofensor era procesado, un tribunal de alzada revocaba el fallo de primera instancia por el que se había sancionado a directivos de la empresa La Pasiva por defraudación tributaria con una pena que la sociedad unánimemente consideró ridícula por lo excesivamente indulgente. El Tribunal de Apelaciones acogió el recurso planteado y ordenó que los procesados cumplieran prisión.
Como queda dicho al comienzo, estamos en presencia de decisiones judiciales que confirman la independencia de los magistrados, su honradez y su solvencia.
Queda demostrado, también, que los ciudadanos pueden confiar en la Justicia. Los jueces pueden equivocarse (no en vano son seres humanos), pero el sistema dispone de mecanismos y recursos que permiten enmendar los posibles yerros. *
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