Ley de amparo a los presos políticos
La ley de amparo a los presos políticos, todavía huérfana de padrinos que la impulsen, con cambios o sin ellos, con cosas buenas, malas, regulares, que se ajusten a lo que todos en definitiva queremos, debe salir de una buena vez.
Lo primero y principal de este proyecto de ley es el reconocimiento al derecho de los presos políticos, exilados, y clandestinos, al cumplimiento con los tratados internacionales. Y fundamentalmente el criterio que presentamos como única causal, el hecho de haber estado preso, que además permitirá que exilados, clandestinos, puedan acceder a el beneficio que se otorgue, con 10 años de aporte a la Caja de Jubilaciones.
Pero veamos este proyecto enviado por el Ejecutivo al Parlamento para su aprobación o modificación según se trate. En una primera lectura dice que los presos políticos que no hayan sido procesados, y con más de un año de penitenciaría, aprobados por unanimidad de la comisión que se nombre, recibirán una pensión especial reparatoria, al igual que los procesados por la justicia militar o civil. Dicha pensión será de 8.50 Prestaciones Básicas Contributivas.
La Prestación Básica Contributiva surge de una resolución del Gobierno de Batlle, (ley no.17.856, del 20-12-04) que termina con la referencia del salario mínimo nacional para todo aumento en la gestión salarios, a niveles generales del Banco de Previsión Social.
A simple vista uno dice, tomando la cifra intermedia, es el equivalente a $12.325, puros y limpios, o sea que de cero pasamos a cobrar en la caja esa cantidad. Y no es así: a esta cifra hay que descontarle la jubilación que se tenga, sea de donde sea, siendo menor el monto se opta por el más conveniente, más allá de que hay quien lo recibirá íntegramente a partir de cero.
Ahora bien, si se está cobrando por algún otro motivo $5.000 la cifra a recibir es de $7.325, pero si se está cobrando $11.000, entonces la pensión de amparo queda en $1.325.
Los causa habientes, esposa/o, concubina/o, e hijos menores de 21 años según esta ley en pañales, pasarán a cobrar el monto establecido en las normas que digitan al BPS, (Art.25.de la ley 16.713, del 11-8-95), o sea un 66 % de la pensión que tocare a quien haya fallecido, no obstante tenga o no aportes efectuados a la caja respectiva. Quiere decir que si el occiso fuera a recibir una pensión de $12.325, sus causahabientes recibirían el 66% o sea,$ 8.134.50.
En el caso de clandestinos, perseguidos y exilados que también llegaron a esta situación en base a falta de trabajo, impedimentos de acceso al mismo, trabajos en negro, lista de indeseables, la situación es más lamentable, porque siendo el proceso el mismo que el descrito más arriba, recibirían 4 Prestaciones Básicas Contributivas, o sea a ojo de buen cubero $ 5.800.
Debemos tener en cuenta que según el texto de la ley los únicos que podemos optar entre una jubilación o la pensión somos los presos, (art.10.del Cap.4, exclusiones). Si a esta cantidad le restamos una jubilación estimativa de $ 4.000, le quedan $ 1.800, si no está jubilado por alguna caja pese a haber hecho los aportes respectivos durante su tiempo de trabajo le tocarían $.5.800, a lo que debería restarse, con cuanto se hubiese jubilado con los aportes realizados en su tiempo de trabajo, lo que entre otras cosas dice en buen romance: Lo que ganó en blanco o en negro fuera del país no tiene nada que ver con lo que se trata, que es amparar, proteger y cuidar a nuestra gente, luchadores sociales todos ellos.
Demás esta decir que quien tuvo la posibilidad, a pesar de todas las dificultades, de aportar durante 35 años al BPS, y tiene los 60 años de edad, si su jubilación sobrepasa los $ 12.325, queda fuera del amparo de esta ley. Entonces, ¿de qué nos están hablando?
A todo esto debemos agregar, nos guste o no, que quienes estuvieron presos, detenidos, torturados pero que no llegaron al año de penitenciaría, y que no están en la ley de marras, no serán amparados de ninguna manera. Algunos se murieron antes de alumbrar un nuevo día.
Y los sumergidos naturales en la vida del país, no de ahora sino de siempre, funcionarios de salud pública, docentes, cuyas jubilaciones o sueldos no llegan a los montos que establece esta ley, tampoco entran en el texto propuesto.
Pero un capítulo aparte nos merece la ley de los funcionarios públicos, la 15.783. Están los que no se jubilaron porque eran muy jóvenes, se les reparó la carrera, o quienes no tuvieron conocimiento de los alcances de la ley y quedaron afuera, quienes por otras razones tuvieron que dejar su trabajo y también están afuera ni tampoco tendrán ningún derecho. Por este cuello de botella no pasamos todos ahora.
Quedan lo olvidados de siempre, de los que nadie se acuerda, y que cuando los mencionamos en determinados lugares, entre compañeros, hablando de este tema igual quedaron también de lado… ellos son los hijos de los presos. No nos damos cuenta de por qué no están en los reclamos a la vista, los grandes e injustamente olvidados de esta ley de amparo, los más castigados, porque pagaron con su inocencia y sufrimiento toda la lucha de sus padres, y sobre este tema volveremos aunque duela.
Para ellos las leyes están escritas, solo deberían ser apenas más amplias para que un tanto por ciento de la capacidad laboral del estado los protega y no lo hace.
Pero algún día se darán cuenta, digo yo, decimos nosotros, sin costos para nadie, ni para el estado.
Los convenios con la Intendencia de Montevideo lograron que algunos hijos de los compañeros desaparecidos se hayan ubicado en el mercado laboral integrándose a la sociedad en que vivimos; esto no aumenta el presupuesto de nada y es justo el que sea para todos los que lo necesiten.
¡He aquí la cuestión! Por esto y más decimos que todo lo que brilla no es oro. Debemos ser honestos e informar, a quien le interese, a quien corresponda, pero lo cierto es que se siguen muriendo los compañeros y esto no se banca más.
Esta ley de amparo tiene un principio de atención; que se cumpla ahora, antes de que se termine de implementar y no quede nadie para recibirla… Los cementerios están llenos de espera.
Lo cierto es que hemos sido muy ingenuos, tanto que esperamos que el tema de los torturadores se hubiese terminado al asumir el gobierno popular, como fuimos ingenuos al pensar que esta ley de amparo se hubiese concretizado en las mismas fechas, o que ningún partido político o movimiento social quisiese meter las manos en este bolsillo.
Nuestro trabajo por todos los compañeros, sean de la categoría que sean, continuará. De todos nosotros depende que nuestro objetivo se logre, sin quitarles los derechos a nadie, respetando todas las posiciones, y sin menoscabar ni minimizar los sufrimientos pasados.*
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