Los ex militares y el Estado de Derecho

Tal como informa en su edición de ayer LA REPUBLICA, el único medio en brindar una información exhaustiva sobre el episodio, el Centro Militar y el Círculo Militar, entre otros clubes sociales de ex integrantes de las FFAA, reclamaron al Presidente de la República que intervenga y deniegue la extradición a Chile de los tres oficiales del Ejército, acusados en ese país por el delito de «secuestro» y «asociación para delinquir», Wellington Sarli, Eduardo Radaelli y Tomás Casella, en el marco de la investigación del crimen del químico Eugenio Berríos, ocurrido en nuestro país.

De acuerdo a la crónica, el texto emitido por la reunión de los ex militares afirma que el hecho de «acceder» a lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia para dar curso a la extradición de tres integrantes de las Fuerzas Armadas (FFAA) no sólo avala «las graves irregularidades jurídicas que se registraron a lo largo del proceso, sino que además daña irreversiblemente la Soberanía Nacional».

El comunicado agrega: «Esta decisión podría inscribirse en una escalada de un proceso de deterioro institucional que compromete la existencia misma de nuestras FFAA, exponiendo a riesgos la Paz pública y la Seguridad de nuestro Estado Nación».

Desde el punto de vista jurídico se entiende que la extradición «configura una ilegalidad manifiesta», porque entre otros motivos «se desconoce la territorialidad, jurisdicción y competencia» de la Justicia uruguaya para entender en la causa.

El comunicado castrense sostiene además que «este es un asunto de Soberanía Nacional, el más claro de los últimos tiempos y cuya definición marcará un punto de inflexión». En el texto se considera la extradición como «un intento de atropello e intromisión del Estado chileno en un país soberano». Finalmente, se solicita la intervención del Presidente de la República para que «ejerza las facultades que le otorga el Artículo 7º del tratado de extradición existente entre Chile y Uruguay y «deniegue la entrega efectiva de los tres ciudadanos nacionales integrantes de las fuerzas armadas por razones de oportunidad tutelando la paz y la seguridad».

El comunicado evita pronunciarse sobre los múltiples testimonios que indican que Berríos fue secuestrado en nuestro país con la participación de oficiales chilenos y uruguayos. Y que solo con la participación de éstos hubiera sido posible. Que ese hecho ocurrió cuando muchos de los actuales integrantes de esos clubes actuaban en los cargos de mayor jerarquía de la cúpula castrense. Que desde esos cargos no se impulsó ninguna actuación destinada a esclarecer el episodio del secuestro así como el posterior homicidio del químico chileno.

En realidad el más grave agravio a la soberanía ocurrió, justamente, en aquel momento, bajo la presidencia del Dr. Luis A. Lacalle, cuando oficiales chilenos que formaban parte de una delegación presidida por el General Augusto Pinochet estuvieron en Uruguay. En esa oportunidad uno de los oficiales a los que se acusa desde Chile, revistó como edecán del ex dictador chileno.

Tampoco resulta razonable pronosticar que por el otorgamiento de la extradición requerida por este episodio se esté poniendo en cuestión la existencia misma de las Fuerzas Armadas. Considerarlo así sería lo mismo que sostener que la conducta de los integrantes de las mismas no puede ser examinada por las autoridades competentes y legítimas de otros poderes del Estado.

Agraviarse en este momento por la decisión de otorgar la extradición a los militares acusados de complicidad con el secuestro de Berríos resulta poco compatible con el hecho de que a lo largo de todos estos años no hubo ningún trámite destinado a que fuera la Justicia uruguaya la que tomara participación efectiva en las actuaciones, evitando que también en este episodio la impunidad fuera el corolario de las denuncias sobre violaciones a los derechos humanos.

La decisión del Poder Ejecutivo de atenerse a la sentencia de la Suprema Corte es un paso más en el afianzamiento del Estado de derecho y de la vigencia del sistema de derechos y garantías previsto en la Constitución de la República. *

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