El camino hacia la verdad y la justicia

En su discurso del 1º de marzo en la explanada del Palacio Legislativo, a pocas horas de haber asumido el cargo, el presidente Vázquez se comprometió públicamente a cumplir en todos sus extremos el artículo cuarto de la Ley de Caducidad, al tiempo que anunciaba su postura favorable a que algunos crímenes emblemáticos fueran excluidos de los beneficios de aquella norma.

Por un lado, tenemos el compromiso presidencial de investigar las desapariciones hasta llegar al final, lo que se está llevando a cabo mediante las excavaciones dispuestas en predios castrenses en busca de restos humanos. Paralelamente, se lleva adelante una investigación administrativa para recabar información directamente de los involucrados en las desapariciones. De acuerdo con algunos trascendidos, se habría producido un viraje de parte de las jerarquías castrenses, que aparecen ahora más permeables y dispuestas a colaborar para el esclarecimiento de los hechos.

Ya lo hemos dicho en otras oportunidades y lo reiteramos hoy. La ley que consagró la impunidad de militares y policías expresaba que había caducado la pretensión punitiva del Estado para el juzgamiento de los crímenes cometidos durante los años de plomo. Pero para nada debe inferirse de ello que también había caducado la «pretensión cognitiva» de la sociedad; es decir que el Estado resignaba su pretensión de castigar a los culpables de delitos de lesa humanidad, pero la sociedad no estaba dispuesta a resignar su legítima aspiración de conocer lo ocurrido.

Desde la entrada en vigencia de dicha norma, luego de su ratificación en el plebiscito de abril de 1989, los gobiernos de Sanguinetti y Lacalle nada hicieron para cumplir con lo estipulado en el artículo cuarto de la ley. Y fue sólo durante el gobierno del doctor Batlle que el Estado uruguayo dio un primer paso hacia el conocimiento de la verdad con la tarea de la Comisión para la Paz. Más allá de la polémica, fuerza es reconocer que aquella decisión presidencial marcó un hito que distinguió al doctor Batlle de sus antecesores y significó una luz en la historia tenebrosa de la impunidad. Cierto es que la tarea de la Comisión no conformó a muchos, pero abrió el camino para nuevas investigaciones y para profundizar aquellas ya en curso.

En cuanto al segundo aspecto, la exclusión de ciertos crímenes del amparo de la impunidad, la Justicia ya ha citado –accediendo a un pedido de la Fiscalía– en carácter de indagados, a Juan María Bordaberry y a Juan Carlos Blanco, por los crímenes del 20 de mayo de 1976 en Buenos Aires. En este caso, resulta a todas luces evidente que tanto uno como otro, por su condición de civiles, no están amparados por la Ley de Caducidad y deberán responder por los hechos.

Por otro lado, el abominable crimen contra la joven María Claudia García (secuestro, sustracción de bebé, posterior ejecución y desaparición de su cuerpo) no puede considerarse como una acción con móviles políticos en cumplimiento de funciones ni ordenada por los mandos que actuaron durante el período de facto, como lo pide la Ley de Caducidad. Como consecuencia de las revelaciones publicadas días pasados en LA REPUBLICA, el abogado de Gelman ha solicitado la reapertura del expediente –clausurado por el doctor Batlle–, de modo que la Justicia actúe y los militares señalados como autores de la infamia comparezcan ante el juzgado y reciban el castigo que merecen. *

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