Merced a la sabia decisión del canal oficial de transmitir en directo las sesiones del Parlamento, los televidentes pudieron apreciar a varios prohombres de la derecha vernácula rasgarse las vestiduras y vociferar, casi lacrimosos, denunciando una violación de la Constitución por parte del gobierno.
Un telespectador inadvertido podrÃa suponer que se trataba de un material de archivo de fines de los años sesenta, cuando el gobierno de Pacheco Areco desconocÃa con contumacia los pronunciamientos del Parlamento, mantenÃa las medidas prontas de seguridad, aplicaba una férrea censura a la prensa y encarcelaba a militantes sindicales…
No recordamos que en aquella época predictatorial en que el Ejecutivo con sus desbordes groseros se ubicaba al margen de las normas, se alzara alguna voz –de las que hoy gritan destempladas contra el gobierno de Vázquez– para condenar los atropellos del gobierno de Pacheco.
¿A qué puede deberse ese súbito celo constitucionalista? ¿A qué obedece ese irrefrenable prurito legalista del que han sido presa quienes no vacilaron en incumplir normas por intereses polÃticos? ¿O acaso puede alguien sostener que los gobiernos anteriores cumplieron con lo establecido por el artÃculo cuarto de la Ley de Caducidad? Asimismo, la actual integración de los organismos de contralor (Tribunal de Cuentas y Corte Electoral), ¿responde al mandato constitucional sobre el particular? Y ya que mentamos los órganos de contralor, ¿se ajusta a la Constitución la suspensión de la ciudadanÃa al contador Ariel Alvarez?
No deja de llamar la atención la presteza exhibida por quienes se opusieron a la reforma del agua para sentenciar que las concesiones habÃan caÃdo y que el Estado debÃa hacerse cargo inmediatamente de todos los servicios de suministro de agua potable y saneamiento que estuvieran en manos de privados. Quienes asà han actuado sabÃan perfectamente bien que, de adoptarse tal criterio (violatorio del principio jurÃdico de irretroactividad de las normas), el gobierno electo recibirÃa otra herencia maldita debiendo afrontar erogaciones millonarias por concepto de indemnizaciones varias.
También resulta sintomático que fuera Uragua –cuya gestión fue la más cuestionada en razón de las notorias irregularidades e incumplimientos– la única empresa que se apresuró a interpretar la reforma tal como pretende hacerlo la derecha. ¿Por qué? Pues, porque era la mejor forma de evitar que se le rescindiera el contrato por incumplimiento. De ese modo, acogiéndose al beneficio de la retroactividad de la reforma, la empresa se harÃa acreedora a una bonita suma por indemnización.
Por ello, cabe preguntarse si –más allá de los argumentos jurÃdicos esgrimidos– la razón verdadera de la embestida opositora contra el decreto presidencial no es la de beneficiar a Uragua obligando al Estado uruguayo a abonarle lo que le corresponderÃa por una expropiación.
El decreto presidencial fue, sin duda, no sólo la única interpretación jurÃdica posible, sino que resultó, además, la solución más apropiada, más acertada y más sensata.
De todos los operadores privados de agua potable y saneamiento, la única empresa que continuará hasta 2018 –en razón de que el contrato tiene vigencia hasta esa fecha– es Aguas de la Costa, empresa que hasta ahora ha cumplido con las condiciones del contrato. Entonces, –y sólo entonces– cuando venza la concesión, el servicio pasará automáticamente a manos del Estado. *
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