El procesamiento de Ariel Alvarez
La Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, mantuvo el procesamiento del ministro del Tribunal de Cuentas, contador Ariel Alvarez, modificando la carátula del expediente que ahora luce sólo la palabra «injuria», y desestimando el «desacato».
Por supuesto que desde estas páginas siempre hemos sostenido la necesidad de respetar las decisiones de la Justicia, por más que muchas de ellas no sean compartidas, como en este caso. Sabemos quién es el contador Alvarez; nos consta que, como cualquier persona que quiere lo mejor para el país y busca afirmar sus instituciones, reaccionó ante una decisión administrativa contraria a las normas. Declaró que lo que estaba ocurriendo con el tema del peaje de la ruta interbalnearia era una afrenta a los uruguayos, a las instituciones de la democracia y a los valores éticos que deben preponderar para que se afirme la convivencia.
Recordemos que el por entonces ministro Lucio Cáceres, luego de un tortuoso trámite, firmó junto al presidente Jorge Batlle un decreto autorizando a la concesionaria de ese peaje a cobrar su tasa en las dos direcciones, abandonando el sistema anterior, por el que los vehículos sólo abonaban en dirección al este. El decreto era violatorio del contrato original. Además, recordemos que, con motivo de iniciativas similares, fue consultado el Tribunal de Cuentas que sostuvo –como corresponde– que se debía respetar lo establecido en la letra de los contratos respectivos.
Sin embargo el ministro Cáceres siguió adelante, utilizando el mismo mecanismo prepotente y soberbio que fue su característica para dirimir este tipo de conflictos. No sólo preparó el decreto que firmó junto a Batlle sino que declaró falazmente a la prensa que la medida había sido aceptada por el propio Tribunal de Cuentas, basándose para ello en una resolución anterior del organismo que nada tenía que ver con el objeto del decreto.
El ministro Cáceres acomodó a su conveniencia los hechos con el único objetivo de hacer su voluntad, favoreciendo –como fue su característica– la conveniencia de la empresa que explota ese peaje, y torciendo la argumentación del Tribunal de Cuentas, al asegurar que el organismo había aceptado que se violentara la letra del contrato respectivo.
Ya era demasiado. El contador Alvarez, que tiene las cosas claras, que se siente injuriado por actitudes como las de la Asamblea General Legislativa –que durante el ejercicio anterior no analizó un solo expediente del Tribunal de Cuentas, con lo que el organismo de contralor vio reducido su papel a una especie de testigo de la realidad que no puede intervenir en la modificación de sus anomalías– reaccionó con fuerza. Protestó, con la vehemencia que lo caracteriza, contra otra decisión del Ministerio de Transporte y Obras Públicas que desconocía el ordenamiento legal.
Ello motivó un juicio y una decisión judicial de procesamiento. Puede ser que en base a la letra muerta de los códigos el «delito» que se le tipifica a este hombre patriota y digno, se pueda configurar. Pero creemos que los fallos no se deben basar solamente en ello, pues lo que defendía Alvarez era el interés nacional y, por supuesto, la vigencia de la propia ley. El fondo de la cuestión, lo que motivó la declaración de Alvarez, nunca fue tenido en cuenta y, creemos, allí está la justificación de esa indignada reacción que, por lo menos, debería ser un atenuante.
Pero, hay más: ¿no cree el lector que de irse al fondo del asunto se podrían haber configurado otros delitos, violaciones legales y constitucionales, que están en el origen de la protesta de Alvarez? *
Compartí tu opinión con toda la comunidad