La gobernabilidad ante un eventual gobierno de izquierda

En una nota que publicamos en estas mismas páginas el 16 de junio bajo el título El EP-FA-NM y las próximas elecciones nacionales, encaramos algunos aspectos de la posibilidad de que la fuerza política nombrada obtenga en las elecciones nacionales del año en curso la Presidencia y la Vicepresidencia de la República y la mayoría absoluta de los legisladores integrantes de cada una de las dos Cámaras. Más, en dicho artículo señalamos que aun en ese caso, el EP-FA-NM tendría que enfrentar otro problema: el derivado de que muchas normas de la Constitución exigen, para que el pronunciamiento del Poder Legislativo sea válido, que lo aprueben mayorías absolutas especiales incluso mayores que la mayoría absoluta de componentes (tres quintos o dos tercios de miembros, según los casos). A lo cual agregamos entonces que tales disposiciones de la Carta se refieren, por razones fácilmente comprensibles, a materias de importancia especial, y no es razonable prever que el EP-FA-NM obtenga en las elecciones nacionales próximas mayorías legislativas que lleguen a los tres quintos o a los dos tercios de integrantes de cada Cámara.

El 25 de mayo pasado se realizó una mesa redonda en la cual la politóloga doctora Constanza Moreira expuso, entre otras cosas, que no es descartable que el EP-FA-NM tenga parlamentarios «disidentes» (ya se han dado algunos recordados casos concretos, añadimos aquí nosotros). Entendemos que no sólo para dichos supuestos, sino también para aquellas ocasiones en que sea necesario contar con los votos de tres quintos o dos tercios de miembros de cada Cámara, son de recibo las palabras de la doctora Moreira pronunciadas el 25 de mayo, cuando dijo que el EP-FA-NM se vería obligado a buscar acuerdos extrapartidarios, seguramente con el Partido Nacional, bajo la condición de entrega de cargos, «lo que podría provocar repugnancia en algunos militantes de la izquierda» (LA REPUBLICA, 27 de mayo de 2004, pág. 10).

Los acuerdos extrapartidarios referidos, a nuestro parecer, no deben implicar necesariamente la formación de un gobierno de coalición, sino que pueden consistir en acuerdos concretos en torno a materias determinadas –de mayor o menos amplitud–. Y si el «precio» a pagar fuera la adjudicación de algunos cargos, incluso reconociendo el rechazo que ello ha tenido y quizás siga teniendo en una parte de la militancia de izquierda, no debe ser considerado como algo necesariamente negativo y dramático.

Así, tomando para nuestra presente exposición el solo ejemplo de la adjudicación de cargos en los Directorios de Entes Autónomos y Servicios Descentralizados a quienes pertenezcan a partidos políticos diferentes del EP-FA-NM, éste deberá exigir con el más riguroso criterio que los aspirantes que le sean propuestos reúnan todas y cada una de las correspondientes «condiciones personales, funcionales y técnicas» que requiere el artículo 187 (inciso 1º) de la Constitución. Dicho en otros términos, deberá evitarse por todos los medios que la adjudicación de cargos aludida se convierta en la práctica de nombramientos y repartos politiqueros que los partidos tradicionales vienen realizando desde hace muchos decenios.

Para lograr ello, será menester recurrir a la auténtica y sana negociación, palabra ésta que en casos como el tratado más arriba no podrá jamás consistir en un trato tendiente a una alianza vituperable.

Por otra parte, el hecho de que un partido político minoritario aspire a tener algunos representantes directos en el gobierno y la administración estatales no es algo en sí mismo condenable, porque de llegarse a un plausible acuerdo con el partido mayoritario, es lógicamente comprensible e intachable desde el punto de vista de la ética política que la fuerza minoritaria desee tener algún grado de presencia directa en lo que será el cumplimiento del acuerdo.

En el mismo sentido que hemos expuesto nuestra opinión en la nota presente, ya se han pronunciado varios dirigentes del EP-FA-NM, aunque en términos muy genéricos y sin entrar en detalles, lo cual parece adecuado porque de lo contrario se estarían cometiendo apresuramientos improcedentes e inconvenientes.

Respecto a todo lo antedicho, no puede olvidarse que durante el período de gobierno comprendido entre 1985 y 1990 el FA tuvo representantes en varios Directorios de la administración descentralizada por servicios.

Por último, creemos que no está de más señalar que la aspiración de un partido minoritario de tener algunos representantes directos en el gobierno y la administración no debe juzgarse siempre como un deseo mezquino de apropiarse de algunas migajas del poder político.

Y observando el tema desde otro ángulo, podría en cambio no ser bien visto que el EP-FA-NM, por el hecho de obtener la Presidencia y la Vicepresidencia de la República y la mayoría absoluta de miembros de cada Cámara Legislativa, crea tener el total derecho de llenar absolutamente todos los cargos a los que nos hemos referido en este artículo, sólo con ciudadanos integrantes de la fuerza política triunfadora en las elecciones nacionales. *

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