Suprema vergüenza

En estos días, la congoja habitual de los ciudadanos uruguayos se ha visto fuertemente reforzada. El doctor Daniel Gutiérrez, ministro de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), declaró en el noticiero. Con un aire técnico, sobrio y sin preocupaciones, nos explicó que nuestros derechos como ciudadanos no son absolutos, y que por tanto fue desechado el recurso de inconstitucionalidad de los ahorristas del BROU.

La afirmación del ministro se sustenta, seguramente, en el parrafito del artículo 7 de nuestra Constitución, que hace referencia al tristemente célebre «interés general». Este huequito que se reservan los políticos para escaparse existe, sin duda. Pero nos queda, a los ciudadanos de a pie, que el manido «interés general» no está definido. Mal que le pese al doctor Gutiérrez, la SCJ hace una interpretación al desechar el recurso de los ahorristas despojados.

Para el común de la gente, «interés general» es lo que la expresión dice: el interés de la comunidad. Para el doctor Gutiérrez, el significado es otro. Para la SCJ la frase significa (esta vez, como tantas otras) el interés de los políticos. Para la SCJ el Estado se quedó con la plata de 20.000 ciudadanos uruguayos para servir al interés de todos los uruguayos.

Debemos reconocerle al ministro Gutiérrez la decencia de no esconder esa interpretación. Para el ministro, para la SCJ, lo que hace patente que estaba en juego el interés general, es que la propia ley lo menciona. Para la SCJ es indudable que se actuó en el interés de todos, porque la ley en cuestión lo dice. La SCJ tiene que laudar un diferendo entre dos partes: los 20.000 ahorristas estafados, y el Parlamento. Lauda a favor del Parlamento, y su argumento para tal decisión es lo que dice el Parlamento. Los uruguayos que creemos en la Constitución, la democracia, la libertad, nos sentimos consternados. Una empresa del Estado roba a un grupo de ciudadanos. Esto es inmediatamente avalado por el Poder Ejecutivo. Raudo, el Parlamento sale a reforzar la posición: se los roba, pero a través de una ley. Y, dos años después, el Poder Judicial cierra filas: la ley viola los derechos más esenciales de los uruguayos, pero no es inconstitucional. Presenciamos, impávidos, angustiados, insultados, cómo los tres poderes del Estado se alían en contra del ciudadano común.

Una cosa más: la ley que capturó los depósitos de los uruguayos que creyeron en el banco país hasta el final, no sólo viola el artículo 7 de nuestra Carta Magna. atenta también contra los artículos 8, 12, 14, 24, 30, 31, 32 y 36. Unos cuantos, muchos de ellos sin la ranurita del «interés general».

Por más «interés general» que invoque el doctor Gutiérrez, por más técnica que sea su afirmación de que los derechos, en Uruguay, son relativos, nuestros derechos como ciudadanos uruguayos sí son absolutos. *

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