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La orden de servicio en cuestión establece con claridad cuáles son las atribuciones de la Policía y destaca especialmente la improcedencia de la actitud asumida contra los productores-manifestantes de Sarandí del Yi.

Asimismo, recuerda a los funcionarios dependientes de esa secretaría de Estado lo que reza el artículo 38 de la Constitución, que garantiza el derecho de reunión pacífica y sin armas: «El ejercicio de este derecho no podrá ser desconocido por ninguna autoridad de la República».

Y la orden de servicio agrega que corresponde a la Policía defender esa libertad, en armonía con el espíritu de la Carta Magna.

El ministro ha actuado con presteza y con sensatez en defensa de sagrados preceptos constitucionales, condenando prácticas propias de un régimen totalitario.

El respeto a las leyes y a las instituciones debe primar por sobre toda otra consideración.

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