Elevación de topes de las jubilaciones
Escribe Luis Duarte
Los topes máximos se aplican, entre otras prestaciones que sirve el Banco de Previsión Social (BPS), a la asignación de jubilación desde el arranque de la misma al cese de la actividad.
Historia sintética El régimen jubilatorio de los afiliados al BPS ha sufrido profundos cambios durante y después del gobierno cívico militar de facto que sufrió el país. Antes, el tope máximo jubilatorio se determinaba en cada revaluación (aumento general de pasividades) y no tenían tope los jubilados de cargos electivos y de particular confianza. Por el denominado Acto 9, ya en dictadura, se facultó al Poder Ejecutivo a subirlo de 6 Salarios Mínimos Nacionales (SMN) hasta 15 SMN. Para los cargos políticos y de particular confianza se fijó en 15 SMN de arranque, salvo el Presidente de la República, que no tiene tope jubilatorio.
El levantamiento automático de los topes Como el tope máximo jubilatorio había quedado congelado desde el año 1981 en 7 SMN, sin que el Poder Ejecutivo con facultades para subirlo lo hiciera, se introdujo en la Ley de Rendición de Cuentas (Nº 16320 de 1/11/992) que a partir del 1/1/994 el tope de jubilación se elevaba a razón de 1 (un) SMN por año, hasta alcanzar en el año 2002 los 15 SMN.
Habían pasado 12 años (4 de gobierno de facto y 8 de gobiernos democráticos) durante los cuales además de no subir la cantidad de salarios mínimos para el tope jubilatorio, éste se depreciaba por no acompañar la evolución del Indice Medio de Salarios.
La Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional todas las disposiciones de seguridad social introducidas en la Ley de Rendición de Cuentas Nº 16320.
Por Sentencia Nº 388 de 15/9/995, en base al plebiscito que pretendía impedir recortes en los derechos jubilatorios, la Suprema Corte declaró nulas las normas limitativas y las beneficiosas, como lo era la que levantaba automáticamente los topes desde 1994.
Tanto en 1993 como en 1994 el Poder Ejecutivo había dispuesto elevar topes a partir de fechas posteriores al año 1994 que fijaba la ley, en una demostración de cómo, a través de decretos se cambia lo que la ley claramente establece.
Tampoco esos decretos fueron cumplidos por el BPS, pese a la existencia de informes jurídicos favorables a sus asesores y a reiterados planteos de los directores sociales (Colotuzzo y Murro), apoyados por el director empresarial.
La nueva ley (16713) fijó topes más bajos que los de la ley anterior (Acto 9 y 16320) no cumplidas.
Cuando se promocionó la nueva ley jubilatoria (16713, de 20/9/995) la Oficina de Prensa de la Presidencia de la República editó un folleto que en el punto 3 del capítulo «La ley en pocas palabras», expresaba: «El nuevo sistema elimina los topes».
Pero en realidad no es así. En las tablas siguientes se comparan los topes de la ley anterior (si se hubiera aumentado la cantidad de salarios mínimos en lugar de dejarlos congelados en 7 SMN), con los topes de la ley actual (16713) y se ve claramente que los anteriores son substancialmente mejores que los actuales.
El restablecimiento de un justo derecho La ley 16824 de 3/4/997 restableció el derecho a regímenes especiales, topes y otros beneficios contenidos en las leyes anuladas por la Suprema Corte de Justicia.
El BPS no quiso reconocer el derecho general de sus afiliados al amparo de la misma en referencia a los topes máximos jubilatorios.
Se ha formado una Comisión Intersocial por Elevación de Topes Jubilatorios, la que presentó a la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados un proyecto de ley, que de aprobarse corregirá la injusta situación de quienes se jubilaron desde el 1/1/994 en adelante o de quienes teniendo causal configurada al 31/12/996, aunque no se hayan jubilado, lo hagan en el futuro.
Los derechos se generarán desde el 1º de enero de 1994 pero el cobro de haberes será desde el 1º de enero del año 2000.
La Comisión se reúne los días miércoles a las 14.30 horas en Fernández Crespo 1780 (Sede de ATSS)
(*) Integrante de la Comisión Intersocial por Elevación de Topes Jubilatorios
Compartí tu opinión con toda la comunidad